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B. EL VOTO PRESIDENCIAL Y LOS PROGRAMAS FEDERALES en los Estados Unidos o del de su estado más pobre. del estos niveles en alguna medida, Estados Unidos se Algunos partidarios del voto presidencial han justificado su posición alegando que Puerto Rico se beneficiaría económica. Patabstenido de exigir tributos en Puerto Rico y, además, ha la concesión de muchas regalías y ayudas para aumentar mente de una más amplia participación en los programas de ayuda en la Isla. A la luz de este principio igualador y federal. Es posible, naturalmente, que la medida pueda traer no el durante tres cuartos de siglo, encontramos tan sólo una participación más completa en el sistema federal de ayuda sino también un aumento en la influencia puertorriqueña en de poco el argumento de que se requerirá o de que los programas para promover el bienestar de todos los ciudadanos. requerir a los ciudadanos de Estados Unidos en Puerto El Grupo Asesor Ad Hoc considera, sin embargo, que esta posibi- pagar contribuciones federales como condición para votar lidad tiene relativamente poca importancia. El Grupo Asesor por Rico el Presidente y el Vicepresidente. favorece el voto presidencial sobre la base de dos hechos funda- mentales: el derecho inalienable de los ciudadanos a votar como D. EL VOTO PRESIDENCIAL Y LA INCORPORACION TERRITORIAL medida de garantizar todos sus derechos; y el sistema americano el voto presidencial conver- que descansa sobre el consentimiento de los gobernados. a en un incorporado. El Estado Libre C. EL VOTO PRESIDENCIAL Y LAS CONTRIBUCIONES FEDERALES Asociado tiría de Puerto Rico es una entidad política vigente y debida- mente constituída. La define como tal su constitución, sus propias La justicia de la concesión del derecho a votar por el Presi- y precedentes, la Ley de Relaciones Federales y las corres- dente y el Vicepresidente a ciudadanos de los Estados Unidos pondientes a aquellas de la Unión a la cual está permanentemente residentes en Puerto Rico descansa sobre la ciudadanía y los demás asociado. El status de Estado Libre Asociado es de naturaleza factores citados en este informe. La Enmienda XIV a la Constitu- diferente al de un territorio incorporado y en algunos aspectos de ción de los Estados Unidos eliminó la barrera de la capitación gobierno propio está mucho más adelantado. ("poll tax") o de cualquier otro tributo como requisito para el Después de la Guerra Hispano-Americana de 1898, se hizo la voto. El Tribunal Supremo de Estados Unidos, en el caso de Harper v. Junta de Elecciones de Virginia 11 decidió en 1966 que distinción entre los territorios incorporados y los no incorporados, la capitación del estado de Virginia violaba la Enmienda XXIV al cuando los Estados Unidos se vió en posesión de territorios hacer norma electoral la riqueza del elector o el pago de algún diferentes a aquellos de las tierras despobladas del Oeste del Siglo derecho. Dijo el tribunal: "Las cualificaciones de un votante no 19, que luego pasaron a ser Estados de la Unión. El Gobierno tienen relación alguna con su riqueza ni con el pago de estos u Federal no pudo entonces decidir si gobernar a los pueblos de los nuevos territorios como súbditos, como en el caso de las Islas otros tributos." Filipinas, o hacerles ciudadanos en espera de la estadidad, como en En lo que concierne a los tributos federales, sobre residentes los casos de Alaska y Hawaii. Muchos Congresos pospusieron en Puerto Rico, tanto la ley como los precedentes de 73 años son repetidamente toda acción sobre estos asuntos hasta tanto el contrarios a esa tributación, salvo en contadas excepciones. Esta acuerdo fuese virtualmente unánime. política ha prevalecido por la razón evidente de que Estados Las cuestiones de estadidad, contribuciones federales y el voto Unidos está comprometido a la mayor igualdad de bienestar económico compatible con otros principios igualmente vitales. El presidencial para los puertorriqueños son asuntos separados que nivel de ingresos en Puerto Rico siempre ha estado muy por debajo Puerto Rico y los Estados Unidos determinarán al paso de los años sobre los méritos de cada cuestión. 11 383 U. S. 663, 16 L ed. 2nd 169, 86 S. Ct. 1079 decidido el 24 de marzo de 1966. 120 121

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This file contains a published report of the Ad hoc Advisory Group on Puerto Rico.

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