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al Congreso objeciones a la aplicabilidad de dicha legislación a "Artículo 9-Las leyes estatutarias de los Estados Uni- Puerto Rico. Cuando esto ocurra, el Congreso deberá actuar dos que no sean localmente inaplicables, salvo lo que específicamente con relación a tales objeciones a los fines de en contrario se dispusiere en la presente, tendrán el determinar si la proyectada ley es o no esencial a los intereses de mismo efecto y validez en Puerto Rico que en los Esta- Estados Unidos y si es compatible con las disposiciones y pro- dos Unidos " pósitos de este Pacto. Si el comité o los comités respectivos concordasen con las objeciones planteadas, Puerto Rico será Los estatutos de 1950-52 crearon, a manera de pacto, exceptuado de las disposiciones correspondientes de la propuesta un nuevo tipo de asociación entre Puerto Rico y los Esta- ley, en caso de que finalmente se apruebe; disponiéndose, que este dos Unidos, poniendo énfasis en la autonomía local y el párrafo no se aplicara a leyes propuestas que afecten directamente gobierno propio interno para el pueblo de Puerto Rico. los derechos y deberes de los ciudadanos, la seguridad y defensa A pesar de la relación nueva y de naturaleza única común, las relaciones exteriores y la moneda. establecida por la legislación y pacto de 1950-52, y a pesar e. Las reglas, reglamentos y órdenes emitidas por los departa- de su continuo crecimiento durante los años transcurridos, mentos y agencias de Estados Unidos después de la fecha de resulta todavía arcaico, anacrónico y de principios de siglo vigencia de este Pacto se aplicarán al Estado Libre Asociado, salvo el texto de la disposición concerniente a la aplicabilidad de las que fueren incompatibles con este Pacto y en la medida en que leyes federales. Dicho texto, que al presente resulta total- lo fueren. En caso de que el Estado Libre Asociado notifique a un mente inadecuado, refleja todavía la edad colonial en que departamento o agencia de los Estados Unidos que objeta a la fue concebido. aplicación al Estado Libre Asociado de dicha regla, reglamento u orden, dicha regla, reglamento u orden no se aplicará al Estado Las disposiciones sobre aplicabilidad de leyes federales Libre Asociado a menos y hasta que el departamento o agencia recomendadas por el Comité Ad Hoc reconocen el desa- decida, y así lo declare, que su aplicación al Estado Libre Asociado rollo económico, social y político del pueblo de Puerto es esencial a los intereses de los Estados Unidos, y que es compati- Rico. El propuesto Pacto dispone que las leyes federales ble con este Pacto. Determinaciones de esta naturaleza estarán existentes continuarán aplicándose en Puerto Rico y que sujetas a revisión judicial de conformidad con la ley. las leyes futuras se aplicarán sólo si incluyen a Puerto Rico específicamente. Además, el Pacto establece un mecanismo especial mediante el cual Puerto Rico pueda presentar objeciones y solicitar ser excluído de legislación de carácter 12. Aplicabilidad de Leyes Federales no esencial, cuando a juicio del Gobernador de Puerto Rico o del Comisionado Residente, de extenderse tal legis- Desde que la Ley Foraker de 1900 introdujo en Puerto lación a Puerto Rico, afectaría adversa e innecesariamente Rico el gobierno de Estados Unidos, la aplicabilidad de las los intereses del Estado Libre Asociado. Tales objeciones se leyes federales en la isla ha descansado sobre bases incier- presentarán al comité o comités apropiados del Congreso, tas. La actual legislación que gobierna la relación-la Ley que deberán entonces determinar si la aplicabilidad de la de Relaciones Federales con Puerto Rico-se expresa sobre propuesta legislación es o no esencial a los intereses de los la aplicabilidad de leyes federales en el mismo lenguaje que Estados Unidos y resulta compatible con el Pacto. Si el co- las leyes orgánicas de 1900 y 1917, que proveían un mité o los respectivos comités expresan mediante votación gobierno civil territorial. El Artículo 9 de la Ley de Rela- estar de acuerdo con las objeciones, se procederá a excluir ciones Federales de Puerto Rico dispone: a Puerto Rico. 32 33

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This file contains a published report of the Ad hoc Advisory Group on Puerto Rico.

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