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para los fines de aplicación de ambas leyes, como "comer-
18. Ecología
cio, tráfico
dentro
de cualquier territorio". La
legislación y el pacto de 1950-52 crearon para Puerto Rico
El mejoramiento y control de la calidad ambiental en
el status, único en su genero, denominado Estado Libre
Puerto Rico son esenciales para la salud pública y el
Asociado; y las cortes, en reconocimiento de este cambio,
bienestar del pueblo de Puerto Rico y de los Estados
redujeron la jurisdicción de la Junta Nacional de Rela-
Unidos. Para el efectivo logro de este objetivo común,
ciones del Trabajo - Cosentino v. ILA, 126 F. Supp.
deben existir esfuerzos bien coordinados y líneas claras de
420 (1954). En adelante, a Puerto Rico se le ha tratado
jurisdicción entre los niveles federales y los del Estado
igual que a los estados federados-Hodgson v. Unión de
Libre Asociado de Puerto Rico.
Empleados de los Supermercados Pueblo, 371 F. Supp.
A este respecto, el Comité Ad Hoc reconoce que
56 (1974).
existen objetivos nacionales para la protección ambiental,
El Comité Ad Hoc recomienda que, en reconocimiento
que comparten el pueblo de Estados Unidos y el de Puerto
Rico. También reconoce que las características ambien-
del desarrollo ulterior del gobierno propio y la autodeter-
tales, sociales, económicas y físicas de Puerto Rico son en
minación de Puerto Rico, se limite aún más la jurisdicción
muchos casos diferentes de las que prevalecen en Estados
de la Junta hasta que literalmente signifique comercio
Unidos continentales. Las soluciones eficaces para los
interestatal, v. gr., las industrias de aviación y marítima.
problemas ambientales deben tomar en consideración las
El Comité Ad Hoc cree que el Estado Libre Asociado
características sociales, económicas y físicas, incluyendo
de Puerto Rico debe ser el custodio de las relaciones
condiciones meteorológicas y la capacidad asimilativa del
obrero-patronales en aquellas industrias puertorriqueñas
océano que rodee el área en que haya de implantarse el
que no se dediquen al comercio directo entre Puerto Rico
programa de conservación ambiental. La responsabilidad
y otras áreas de los Estados Unidos, sus territorios y países
primaria debe necesariamente descansar en el gobierno
extranjeros.
local, si es que ha de lograrse una eficaz protección de la
calidad ambiental.
De manera similar, las condiciones culturales y demo-
gráficas en Puerto Rico indican que la legislación y los
En vista de las condiciones mencionadas, el Comité Ad
reglamentos de protección a la salud y la seguridad
Hoc considera que se requiere la participación federal para
ocupacional deben originarse en el Estado Libre Asociado,
la definición general de los objetivos y estrategias desti-
con la más estrecha cooperación y coordinación posibles
nados a controlar los problemas del ambiente. También,
con los programas federales existentes en esa área, bajo la
como en el caso de los estados, la ayuda federal es nece-
Ley de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA).
sario complemento para el logro local de estos objetivos.
El Comité Ad Hoc cree, además, que estas metas y
estrategias deben implantarse en Puerto Rico mediante el
uso de instituciones, leyes, reglas y reglamentos guber-
18. Ecología
namentales diseñados y puestos en práctica al nivel del
La autoridad primaria para reglamentar la ecología y la calidad
gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Las
ambiental en Puerto Rico residirá en el Estado Libre Asociado de
herramientas para la implantación de objetivos y estra-
Puerto Rico.
tegias generales deben tomar en cuenta la naturaleza de los
problemas ambientales, según existen en Puerto Rico,
dentro del marco de sus realidades físicas, económicas,
sociales y ambientales.
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This file contains a published report of the Ad hoc Advisory Group on Puerto Rico.
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