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24822897
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Bolivia-Seguro National de Maternidad y Niñez [National Insurance for Mothers and Children]
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Bolivia-Seguro National de Maternidad y Niñez [National Insurance for Mothers and Children]
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Records of the First Lady's Office (Clinton Administration)
Nicole Rabner's Files
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42-t-7763278-20121035S-045-006-2015
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6fa7b771687abec8
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HEALTH REFORM
SEGURO NACIONAL
DE MATERNIDAD
Y NIÑEZ
República de Bolivia
1996
El problema
Cada año mueren en Bolivia 28000 niños menores de
5 años y 1000 mujeres por complicaciones del embarazo
y el parto.
Estas cifras están entre las más altas de América.
La Respuesta
El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez brindará
atención a todas las mujeres en edad fértil, durante la
maternidad y eventuales complicaciones del embarazo
y el parto.
A los niños menores de 5 años, se les prestará atención
en casos de enfermedades diarréicas e infecciones
respiratorias agudas.
COMITE NACIONAL POR
PROGRAMA DE ACCIONES
UNA MATERNIDAD SEGURA
ESTRATEGICAS (PAE)
DESPACHO DE LA PRIMERA
MINISTERIO DE
DAMA DE LA NACION
DESARROLLO HUMANO
Prefecturas Departamentales
Secretaría Nacional de Salud
Gobiernos Municipales
Secretaría Nacional de
Participación Popular
INASES
unicef
FOIA Number: 2012-1035-S
Clinton Presidential Records
Foreign Language Marker
This is not a presidential record. This is used as an administrative
marker by the William J. Clinton Presidential Library Staff to
identify the location of a document written in a foreign language
Foreign Language Marker
Collection: Clinton Presidential Records
Subgroup: First Lady's Office
Series: Domestic Policy Council
Subseries: Nicole Rabner
Document Title Request from the Bolivian First Lady's Security
Language: Spanish
Folder Title Bolivia-Seguro Nacional de Maternidad y Ninez
[National Insurance of Mothers and Children]
OA/ID: 17219
6th CONFERENCIA DE ESPOSAS
DE JEFES DE ESTADO
Y DE GOBIERNO
DE LAS AMERICAS
Secretaria Pro-Tempore
Señora
Hillary Rhodam Clinton
Primera Dama de los Estados Unidos
Presente
Despacho de la
Primera Dama
de la Nación
Av. Arce 2335
Telfs. 361061 - 361460 355603
Fax. (591-2) 356973
La Paz Bolivia
EL SEGURO ES.
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
AUTOSOSTENIBLE
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
Los sueldos y salarios del personal de salud
de los establecimientos que prestan los
SEGURO NACIONAL de
servicios del Seguro están cubiertos por el
Tesoro General de la Nación.
MATERNIDAD y NiÑEZ
*****
DE
Los gastos en insumos y medicamentos
están cubiertos por los Gobiernos
Municipales. Para ello, los Municipios, que
las Secretarías Departamentales de
EL SEGURO DO NACIONAL CONCRETOPULAR ES DE LA UN
DE
MA
firmaron voluntariamente un convenio con
TERNIDAD
Desarrollo Humano, destinan un monto
equivalente al 3% del 90% de los recursos
de Participación Popular que reciben por
RESULTADICIPACION
Y
NINE
concepto de Coparticipación.
Este monto está abonado automáticamente
BOLIVIA
a una subcuenta denominada Fondo Local
Compensatorio de Salud, que está
administrada por los Municipios.
De este modo, el Seguro Nacional de
Uselo y difúndalo
En defensa de la Vida
Maternidad y Niñez es la devolución, en
servicios, de los impuestos que paga la
comunidad.
de Acciones Estrated
*****
PAE
SNS
SECRETARIA MACIONAL DESALLD
Los gastos en infraestrutura, equipamiento,
capacitación, seguimiento y evaluación
Bolivia 1996
están cubiertos por créditos y contribuciones
de origen externo, canalizados por el Tesoro
General de la Nación.
unicef
UNFPA
QUE ES EL SEGURO NACIONAL
ESTE SEGURO OFRECE
¡COMO ACUDIR AL SEGURO?
DE MATERNIDAD Y NIÑEZ?
A LAS MUJERES EMBARAZADAS:
Acudir al Seguro Nacional de Maternidad y
Niñez es muy sencillo. La persona tiene que
Cuatro consultas prenatales
Vigente desde el 1° de julio de 1996, el
presentarse al centro de salud. Allí se le
Atención del parto. Operación cesárea
otorga un carnet de asegurado que deberá
Seguro Nacional de Maternidad y Ni-
Atención de las emergencias obstétricas:
conservar para las futuras atenciones, que-
ñez es un sistema de protección para
Hemorragia del tercer trimestre
dando así inscrita en el Seguro.
las mujeres embarazadas y los niños
Hemorragia puerperal
Eclampsia y preeclampsia
menores de cinco años enfermos con
Infección puerperal-sepsis
Amenaza del parto prematuro
MAS DE 2.000 ESTABLECIMIENTOS
diarrea y neumonía.
OFRECEN ESTE SERVICIO
Una consulta después del parto
Análisis del laboratorio:
Grupo Sanguíneo y Rh
El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez
Hemograma
está vigente en más de 2.000 Establecimien-
Examen parcial de orina o
Cada año mueren en nuestro país 28.000
uroanálisis
tos de Salud Pública (Hospitales, Maternida-
niños menores de 5 años y 1.000 muje-
V.D.R.L.
des, Postas Sanitarias) y en las Cajas de Salud
Glicemia
(Policlínicos y Cajas de Seguro de cualquier
res por complicaciones del embarazo y
Medicamentos
institución pública, descentralizada,
parto. El principal objetivo del Seguro
Papanicolaou
autárquica o semiautárquica)
es de reducir la mortalidad materna en
Detecciónprecoz del cáncer cervico
un 20% y la mortalidad infantil en un
uterino
EL SEGURO ES UN DERECHO DE
25% anuales.
A LOS NIÑOS MENORES DE 5 ANOS:
LOS BOLIVIANOS PARA SIEMPRE
Atención del recién nacido sano
Atención del recién nacido enfermo:
Ictericia
Los servicios ofrecidos
Sufrimiento fetal (asfixia grave)
Los Centros de Salud están obligados a aten-
Neumonía/sepsis
der todos los casos cubiertos por el Seguro.
por el Seguro Nacional de
Atención de las diarreas
Los directores, responsables y funcionarios
Maternidad y Niñez no
de los centros de Salud Pública y de la Sègu-
tienen costo para
Atención de las neumonías
Rayos X del tórax
ridad Social que no atiénden esta obligación,
el usuario.
serán exonerados de sus cargos y pasibles de
Medicamentos
las demás sanciones de ley.
consignado un detalle de las coberturas y costos de cada
paquete del Seguro, y esto es lo que el DILOS debe
28. ¿Puede una persona ser atendida en otro municipio
Maternidad y Niñez y, con parte de ese dinero compra de
autorizar a pagar.
distinto al que reside?. De ser cierto: ¿Esto afecta el
las URES los medicamentos e insumos de cada paquete
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
presupuesto establecido para el Seguro de Maternidad
de prestaciones.
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
22. ¿Qué es el Fondo Local Compensatorio de Salud?
en el municipio?
R.
R. Es el 3% del 90% de los recursos de coparticipación
Es obligación del municipio atender todos los casos que
34 i Qué parámetros se han tomado en cuenta para la
tributaria, destinada exclusivamente para financiar los
se presenten dentro de su jurisdicción, sin importar el
elaboración de los costos de los insumos para el Seguro
medicamentos e insumos en la atención del Seguro de
municipio al que pertenece la persona. El Directorio Local
Nacional de Maternidad y Niñez?
PREGUNTAS y RESPUESTAS sobre El:
Maternidad y Niñez. Estos fondos están depositados en
de Salud (DILOS) debe solicitar al municipio de origen
R.
Se tomaron en cuenta varios parámetros como ser el
una subcuenta corriente exclusiva para el manejo del
el reembolso de los servicios prestados, por lo que los
costo de referencia del CEASS, el costo de transporte,
Seguro.
presupuestos de cada municipio no se verán afectados.
la relación con diversos laboratorios e importadores
SEGURO NACiONAL de
médicos privados y también un estudio de mer cado con
23. ¿Cada cuánto tiempo los municipios deben realizar los
29. ¿Cuáles son las sanciones para el personal de salud
las distintas farmacias. Por lo tanto los costos de los
que realice cobros al municipio por vicios que no
insumos utilizados por el Seguro tienen un 100% de
MATERNidAd y NiÑEZ
pagos por las atenciones del Seguro?
prestó?
comprobación.
R. Los pagos por atenciones se realizan mensualmente.
R. El personal de Salud, es decir los directores, responsables
24. ¿Qué formulario se debe utilizar para el pago de los
y funcionarios de los centros de Salud Pública y de la
35. ¿Se pueden comprar los suministros de salud en otro
Seguridad Social que realicen cualquier tipo de cobros
lugar que no sea la Central de Abastecimiento y
impuestos del IVA y quién debe llenarlo?
indebidos, serán exhonerados de sus cargos, y pasibles a
Suministros (CEASS) O las Unidades Regionales de
R. El formulario previsto para el pago de los impuestos del
las demás sanciones de ley.
Suministros (URES)?
IVA es el No. 143. Debe ser llenado por el pr opio
R. Sí, pero solo cuando se dé una mejor opción económica
establecimiento de Salud. Una vez realizada la
30. ¿Cómo puede la gente en los municipios controlar que
y/o falta de disponibilidad, recurriendo solo a proveedores
facturación, el DILOS tiene 30 días para realizar el pago
se esté utilizando adecuadamente los recursos
acreditados.
respectivo. Este formulario debe ser llenado a más tardar
destinados al Seguro?
hasta el 15 de cada mes.
R.
Por medio del representante del Comité de Vigilancia que
PREMIOS
25. ¿Qué sucede si ocurre algún tipo de retraso en el
participa en el DILOS, el cual debe controlar el
llenado de los formularios?
funcionamiento adecuado del Seguro.
36. ¿Existe alguna remuneración adicional, bono extra O
R. El establecimiento de Salud debe llenar este formulario de
algo similar para el personal de salud?
igual manera, poniéndolo en movimiento, con saldo cero.
31. ¿Cómo se puede denunciar a los malos funcionarios?
R. No existe ninguna remuneración adicional al personal de
EI siguiente mes deberá llenar el mismo formulario,
R. Mediante comunicación oral y/o escrita con un
salud, sin embargo, existe un premio a los centros de salud-
tomando en cuenta la facturación del mes pasado que no
representante del DILOS, el cual tomará las medidas
Amigos de la Madre y el Niño, que son los que apoyan de
se hizo y la del presente mes.
respectivas.
mejor manera al funcionamiento del Seguro.
26. ¿Cada municipio debe tener un solo Registro Único de
INSUMOS
37. ¿En qué consiste el premio a los Establecimientos de
Contribuyentes (RUC)?
Salud que se distingan por su apoyo al funcionamiento
R. Se recomienda a los Establecimientos de Salud que ya
del Seguro o al mejoramiento de la calidad y calidez
En defensa de PAE la Vida
32. ¿Con qué medicamentos funciona el Seguro Nacional
en los servicios de salud?
tienen RUC, que utilicen el mismo para la declaración de
impuestos. Sin embargo, es preferible contar con un RUC
de Maternidad y Niñez?
R. El premio consiste en la otorgación de una placa de
específico para el Seguro. Aquelios Establecimientos que
R. Con los medicamentos adquiridos en la Central de
reconocimiento entregada en acto público, becas de
aún no tienen RUC deben ealizar, cuanto antes, el trámite
Abastecimiento y Suministros (CEASS) 0 en la Unidad Re-
capacitación para el personal del Establecimiento de Salud
para obtenerlo, a fin de que puedan declarar los impuestos
gional de Suministros (URES), que consisten en una serie
y fondos en efectivo destinados a equipar y mejorar las
por las atenciones que brindan al Seguro Nacional de
de diferentes medicamentos e insumos, que están
instituciones del servicio.
Maternidad y Niñez.
detallados en los paquetes de cobertura del Seguro.
UNFPA
27. ¿Quién paga estos impuestos?
33. i Quién paga los medicamentos e insumos del Seguro
Desarrollo Humano:
R. Los Establecimientos de Salud solamente. llenan los
nacional de Maternidad y Niñez?
Bolivia 1996
unicef
formularios, NO pagan impuestos. EI que paga los
R. El Establecimiento de Salud recibe el pago por las
impuestos es el Tesoro General de la Nación (TGN).
prestaciones realizadas en el Seguro Nacional de
La mejor inversión
PERSONAS ASEGURADAS Y
lo tanto, si se logra una mayor cobertura, se verá una
pérdida, cubierto por el Tesoro General de la Nación (TGN),
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
mayor participación de la población, lo que significa un
el cual está destinado a cubrir las contingencias que
RED DE SERVICIOS PARA LA
mayor control en la calidad y en la calidez.
pudiesen presentarse, por lo tanto el municipio no tendrá
que acudir a sus recursos, sino que serán recursos que
PRESTACIÓN MÉDICA
1. ¿A quiénes cubre el Seguro Nacional de Maternidad y
PARTICIPANTES
provienen del reaseguro a contratarse en Suiza, de los que
Niñez?
se hará cargo el TGN.
16. ¿Quiénes deben prestar la atención médica?
R. Cubre a las mujeres embarazadas, a los recién nacidos y a
7. ¿Quiénes participan del Seguro Nacional de
los niños menores de 5 años.
11. ¿Es autosostenible el Seguro Nacional de Maternidad
R. La asistencia prevista es prestada, obligatoriamente, por
Maternidad y Niñez?
todos los Centros de la Salud Pública y de la Seguridad
y Niñez, 0 depende de las donaciones externas?
2. ¿Se necesita algún tipo de identificación para poder
R. Participan la Secretaría Nacional de Salud, las Prefecturas,
Social, así como por los centros de salud, que siendo
R. El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez es
dependientes de Organismos No Gubernamentales
los Gobiernos Municipales, las Cajas de Salud y las Fuerzas
acceder al Seguro?
autosostenible, ya que los recursos que básicamente
(ONGs), de la Iglesia y de las FF.AA, ingresen al sistema
Armadas (FF.AA)
R.
Se solicita el carnet de identidad. Sin embargo, si no se
sostienen al Seguro son parte de los Fondos Locales
de Seguro mediante convenio específico.
Se prevee, en un futuro, ingreso de los establecimientos
Compensatorios de Salud, que provienen de los recursos
tiene este documento, la persona que requiere este
de salud de la Iglesia y de las ONGs.
de coparticipación tributaria de la Par ticipación Popular,
Seguro será atendida de igual forma.
17. ¿Qué sucede si los centros de Salud se niegan a atender
administrados por el DILOS, por lo que en el largo plazo
Una vez que la persona solicita el servicio en el centro
FINANCIAMIENTO
no importa si se retiran las donaciones O crédito externo
los casos apropiados para el Seguro?
de salud, se le otorga un carnet de asegurado que deberá
que actualmente están llegando.
R. Los Centros de Salud están obligados a atender todos los
conservar para futuras atenciones, quedando así
casos que ya se explicaron en la parte de cobertura. Los
inscrita en el Seguro.
8. ¿Quién fjnancia el Seguro?
12. ¿Qué sucede si el municipio quiere gastar más de lo
directores, responsables y funcionarios de los centros de
R. El Seguro es financiado por:
Salud Pública y de la Seguridad Social que no atiendan
que está establecido en los paquetes del Seguro?
3. ¿Qué contingencias cubre el Seguro de Maternidad y
esta obligación, serán exhonerados de sus cargos, y
El Tesoro General de la Nación (TGN), mediante los
Niñez?
R. Si el municipio está dispuesto a destinar más recursos para
pasibles a las demás sanciones de ley.
gastos presupuestarios correspondientes al personal de
R. En el caso de las mujeres embarazadas, el Seguro cubre
un mejor funcionamiento de este Seguro, puede hacerlo
salud, canalizando créditos y contribuciones de origen
sin ninguna objeción.
cuatro consultas prenatales, parto, cesárea, atenciones de
externo específicos para mejorar la prestación de los
ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO
eventuales emergencias obstétricas, un control post-natal
servicios de salud, y con un monto de hasta el 13% de
después de siete días del parto, consejería en salud
los importes facturados a los DILOS para el pago de los
13. ¿Quién-financia la capacitación del personal de salud
reproductiva y servicios de planificación familiar.
impuestos correspondientes.
para la implementación del Seguro?
18. ¿Quién administra el Seguro de Maternidad y Niñez?
Para los niños menores de cinco años, el Seguro cubre las
Los Gobiernos Municipales aportan el 3% del 90% de
R. La Cooperación Internacional, las Prefecturas y los
R. La administración del Seguro está a cargo del Directorio
Enfermedades Diarréicas Agudas (EDAs) e Infecciones
los recursos que reciben por concepto de Participación
Municipios.
Local de Salud del Municipio (DILOS).
Respiratorias Agudas (IRAs neumonías), además, atención
Popular (coparticipación tributaria).
del recién nacido, ictericia y asfixia grave.
La Cooperación Internacional y créditos de orígen
14. ¿El Seguro financia el transporte de pacientes tanto en
19. ¿Quiénes componen el DILOS?
externo cubren los gastos de infraestructura,
el área urbana o rural, donde existen Hospitales de
4. ¿El Seguro cubre los servicios para los métodos
equipamiento, capacitación, seguimiento y evaluación.
R. El DILOS está compuesto por un representante del
Referencia?
Gobierno Municipal, un representante de la Prefectura a
tradicionales de parto (parteras, matronas)?
R. No, el transporte no es cubierto por el Seguro. Sin
través de la Dirección Departamental de Salud y un
R. No, el Seguro sólo cubre los servicios que son prestados
9.
¿Qué pagos debe realizar el Directorio Local de Salud
embargo los municipios pueden financiar este ser vicio
representante del Comité de Vigilancia.
por el sistema formal de salud, (postas sanitarias, hospitales
(DILOS) del municipio?
especialmente si se trata de pacientes que requieren
y demás centros de salud).
R. El DILOS del municipio debe pagar las facturas por las
atención hospitalaria especializada con las que no se
20. ¿Cuáles son las funciones básicas del DILOS en lo que
atenciones realizadas a los asegurados del Seguro
cuenta en el municipio del paciente.
se refiere al Seguro Nacional de Maternidad y Niñez?
5. ¿Cubre el Seguro la consulta si se la hace por medio de
Nacional de Maternidad y Niñez, de acuerdo a lo
R. Las funciones básicas del DILOS son las de recibir las
establecido por la Secretaría Nacional de Salud, en la Hoja
los Responsables Populares de Salud (RPS).
15. En el área rural donde NO hay Hospital de Referencia,
de Costo de Servicios.
facturas por atenciones médicas, revisar la documentación
¿quién cubre los costos de traslado en ambulancia de
R. No, el Seguro funciona sólo por medio del sistema formal
y autorizar el pago de las atenciones prestadas por los
los casos de emergencia hacia los Hospitales de
de salud.
centros de Salud, en base a los valores establecidos en la
10. ¿Qué sucede si los montos del seguro sobrepasan
referencia que puedan atender estos casos?
Hoja de Costo de Servicios.
a lo presupuestado (el Fondo Local Compensatorio
R. Los gobiernos municipales tienen prevista una cantidad
6. ¿Se puede brindar una atención de calidad y con calidez
de Salud se agota), quién cubre la diferencia?
de recursos para el sector salud, entre ellos los gastos
21. ¿Qué es la Hoja de Costo de Ser vicios?
a las poblaciones inaccesibles y dispersas?
R. El monto programado (3% del 90% de los recursos de
de gasolina y viáticos de choferes, por lo tanto, este gasto
R. El objetivo fundamental es el de aumentar la cobertura,
coparticipación tributaria), tiene la suficiente
está previsto en los Planes Anuales Operativos del
R. Es una Hoja proporcionada por la Secretaría Nacional de
en todas las poblaciones del país, tanto de mujeres
sostenibilidad para cubrir las atenciones del Seguro. Sin
Municipio (PAOs), por lo cual los casos de emer gencia
Salud, en donde se detalla la liquidación del Costo de
embarazadas como de niños menores de cinco años. Por
embargo, se tiene previsto un reaseguro por exceso de
deberán ser llevados al Hospital de Referencia por el
Servicios de Salud que se presta al paciente. Ahí está
propio Gobierno Municipal.
DE
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
NACIONAL
INTERNIDAD
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
SEGURO NACIONAL
SEGURO
NIÑEZ
DE MATERNIDAD Y NIÑEZ
SNS
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
Un resultado concreto de la
BOLIVIA
Participación Popular
proiss
NACIONAL
DE
MATERNIDAD Y
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
SEGURO
NIÑEZ
SEGURO NACIONAL
DE MATERNIDAD Y NIÑEZ
BOLIVIA
Un resultado
SNS NACIONAL DE SALUD
Participación Popular
proiss
DE
NACIONAL
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
SEGURO
SEGURO NACIONAL
NIÑEZ
DE MATERNIDAD Y NIÑEZ
SNS
BOLIVIA
Un resultado concreto de la
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
Participación Popular
proiss
II.
Los pagos por atenciones entre Municipios se realizarán mensualmente, de acuerdo a
Reglamento.
III.
La Secretaría Nacional de Salud contribuirá con un monto-de hasta el trece por ciento de
los importes facturados a los DILOS, para el pago de los impuestos correspondientes.
Estos recursos deberán ser incorporados por la Secretaría Nacional de Hacienda en el
presupuesto respectivo.
ARTICULO 9. (COMPENSACION). El seguro se gestionará con los principios de
compensación que serán aplicados despues del primer año de funcionamiento. Su aplicación será establecida mediante
reglamento.
Presidencia de la República
BOLIVIA
ARTICULO 10 (REPROGRAMACION). Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo,
los Gobiernos Municipales y las Cajas de Salud podrán reprogramar sus Planes Operativos y Presupuestos Anuales,
cuando las necesidades lo exijan, para garantizar la eficiente gestión del seguro.
DECRETO SUPREMO N° 24303
ARTICULO 11 (VIGENCIA). El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, entrará en vigencia
a partir del primero de julio de 1996. El Ministerio de Desarrollo Humano elaborará el reglamento respectivo, que será
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
aprobado por Resolución Ministerial.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
ARTICULO 12 (DEROGACIONES Y ABROGACIONES). Queda abrogada toda disposición
legal contraria al presente Decreto Supremo.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Humano queda encargado de la ejecución
y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
CONSIDERANDO:
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 24 días del mes de mayo de mil
Que es política del Gobierno Nacional atender prioritariamente la salud de la mujer y el niño
novecientos noventa y seis años.
bolivianos, aplicando programas sanitarios específicos.
Que se ha creado el Comité Nacional por una Maternidad Segura, a través del D.S: No. 24227,
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
como un organismo intersectorial orientado 3 la reducción acelerada de la mortalidad materna y perinatal.
Fdo. Antonio Araníbar Quiroga
Fdo. Carlos Sánchez Berzain
Fdo. Jorge Otasevic Toledo
Que es necesario crear el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez enmarcado en los principios
normativos de la Participación Popular, de la Descentralización Administrativa y del Sistema Público de Salud establecido
en el D.S. 24237.
Fdo. José Guillermo Justiniano Sandoval
Fdo. René Oswaldo Blattmann Bauer
Fdo. Fernando Candia Castillo
Que es importante que los Gobiernos Municipales contribuyan al establécimiento del Seguro
Nacional de Maternidad y Niñez con los recursos destinados al Desarrollo Humano en el marco del D.S. 24182.
Fdo. Freddy Teodovich Ortíz
Fdo. Moisés Jarmúsz Levy
Fdo. Jorge España Smith
(Ministro Suplente de Trabajo)
Que se debe realizar acciones coordinadas entre cl Sistema de Salud Pública, la Seguridad Social
y las organizaciones privadas sin fines de lucro.
Fdo. Guillermo Richter Ascimani
Fdo. Alfonso Revollo Thenier
Fdo. Jaime Villalobos Sanjinés
Que el Ministerio de Desarrollo Humano está llevando a cabo el Programa de Acciones Estratégicas
(PAE) en el que está incorporado el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez.
4
EN CONSEJO DE MINISTROS
2.
Créditos y contribuciones de origen externo, respetando el propósito de los programas
específicos, destinados a infraestructura, equipamiento. capacitación. seguimiento
DECRETA:
y evaluación del Sistema de Seguro creado por el presente Decreto Supremo.
ARTICULO (CREACION). Se crea el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez,
II.
Recursos de contraparte Municipal equivalentes al tres por ciento del noventa por ciento
encargado de otorgar asistencia médica a la mujer y al niño en los alcances y características previstas en el presente
de los recursos de Participación Popular (coparticipación tributaria), que serán destinados
Decreto Supremo.
a cubrir los costos de insumos y medicamentos del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez,
definidos en el reglamento correspondiente. Estos recursos se abonarán automáticamente
ARTICULO 2. (PERSONAS ASEGURADAS Y CONTINGENCIAS CUBIERTAS).-
a una subcuenta, de la cuenta de Partipación Popular. denominada Fondo Local
Compensatorio de Salud, abierta expresamente y en virtud al convenio señalado en el artículo
I.
El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez tiene las siguientes coberturas:
2 del presente Decreto Supremo. en el Banco Central de Bolivia para cada Municipio. Los
recursos de contraparte Municipal, señalados precedentemente, forman parte del apoyo al
Γ.
Maternidad: Se otorgará a las mujeres gestantes, la necesaria asistencia médica,
Desarrollo Humano previsto en el artículo 5to. del D.S. 24182.
quirúrgica, farmacéutica, análisis básicos de laboratorio y atención hospitalaria
durante el embarazo, el parto, el puerperio y las emergencias obstétricas.
ARTICULO 5 (RED DE SERVICIOS PARA LA PRESTACION MEDICA).-
2.
Recién nacidos y niños menores de cinco años: Recibirán asistencia médica,
I.
farmacéutica y hospitalaria correspondiente, en los casos de Enfermedades
La asistencia prevista en el artículo 2do. del presente Decreto Supremo, será prestada
Diarréicas Agudas (EDA) e Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) clasificadas
obligatoriamente por todos los Centros de Salud Pública y de la Seguridad Social, así
como neumonías.
como por los centros de salud que siendo dependientes de Organismos No Gubernamentales
y de la Iglesia, ingresen al Sistema de Seguro mediante convenio específico.
II.
Para que las.mujeres y los niños sean beneficarios del Seguro Nacional de Maternidad
y Niñez. el Municipio. en el cual residan las personas aseguradas. deberá adscribirse al
II.
Los directores. responsables y funcionarios de los Centros de Salud Pública y de la Seguridad
Seguro mediante Convenio suscrito entre el Gobierno Municipal y la Secretaría
Social que no atiendan esta obligación serán exoncrados de sus cargos y pasibles a las
Departamental de Desarrollo Humano a través de la Dirección Departamental de Salud,
demás sanciones de ley.
homologado por la Secretaría Nacional de Salud.
III.
Los Gobiernos Municipales podrán establecer Mancomunidades para la prestación de
ARTICULO (PARTICIPANTES).-
servicios del Seguro Nacional de Maternidad y' Niñez. con el objeto de garantizar la
prestación de atenciones médicas, en el marco de la Red de Servicios.
I.
Participan en la gestión del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez: la Secretaría
Nacional de Salud. las Prefecturas, los Gobiernos Municipales y las Cajas de Salud.
ARTICULO6.- (ADMINISTRACION DELSEGURO).- administración del Seguro Nacional
de Maternidad y Niñez estará a cargo del Directorio Local de Salud (DILOS) del respectivo Municipio.
II.
La Iglesia y los Organismos No Gubernamentales. a través de sus servicios de salud.
ingresarán al Sistema de Seguro en cumplimiento a lo previsto en el D.S. 24237 del
ARTICULO (INSUMOS). El Ministerio de Desarrollo Humano a través de la Secretaría
Sistema Público de Salud.
Nacional de Salud. establecerá mediante Resolución Ministerial. el valor de los insumos, suministros y medicamentos
para cada atención médica del Seguro. que se aplicará obligatoriamente como reposición por las atenciones que se
ARTICULO 4.- (FINANCIAMIENTO)- El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez se
realicen en las diferentes instituciones encargadas del otorgamiento de las prestaciones. Las Cajas de Salud percibirán
financiará de la siguiente manera:
las reposiciones sólo cuando estén referidas a las atenciones de pacientes no asegurados en las instituciones de la
Seguridad Social.
I.
Recursos del Tesoro General de la Nación:
ARTICULO 8. (MODALIDAD DE PAGO).-
1.
Los gastos de la partida presupuestaria 10.000 (Servicios Personales)
1.
Los Directorios Locales de Salud (DILOS) autorizarán el pago de las atenciones prestadas
correspondientes al personal de salud pública que prestará los servicios de este
por los Centros de Salud. en base a los valores establecidos, de conformidad a lo previsto
seguro. estarán comprendidos en las planillas que financia el Tesoro General de
en el artículo precedente, con cargo a la subcuenta señalada en el artículo 4 del presente
la Nación en virtud de la Ley 1654 artículo 5 inciso g). hasta el monto consignado
Decreto Supremo, sin costo alguno para el usuario.
para este propósito en el Presupuesto General de la Nación
2
3
Clinton Presidential Records
Digital Records Marker
This is not a presidential record. This is used as an administrative
marker by the William J. Clinton Presidential Library Staff.
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Nº 16
INFORMA
Septiembre
1996
S
N
S
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
BOLETIN DE LA SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
Sistema Público
de Salud
Dr. Javier Torres Goitia Caballero (*)
El proceso de Reforma del Sector Salud se inicia en Bolivia en 1994 con los
GIVEN
mecanismos que desarrolla la Secretaría Nacional de Salud para adaptarse a
las profundas y positivas Reformas Sociales que lleva adelante el Gobierno del
BEEN them
Lic. Gonzalo Sánchez de Lozada.
La Ley de Participación Popular produce de hecho una descentralización tanto
administrativa como de recursos económicos hacia los Gobiernos Municipales,
proceso que afecta positivamente y en forma directa al sector salud ya que, para
1996, entrega la infraestructura y el equipamiento y les da la potestad de administrar
los recursos económicos de generación local y les traspasa Bs 796.418.992
(Setecientos noventa y seis millones, cuatrocientos diez y ocho mil con novecientos
noventa y dos bolivianos) por cuenta de la Coparticipación Tributaria. Además
que se les transfiere los impuestos a Renta Presunta de Propietarios de Bienes
que son el impuesto a la propiedad rural, impuesto a los inmuebles urbanos,
vehículos automotores, motonaves y aeronaves y las patentes e impuestos
establecidos por Ordenanza Municipal de conformidad a lo previsto por la
Constitución Política del Estado. Simplemente como dato referencial en relación
sólo a la Coparticipación Tributaria, en 1993 el dinero distribuido ascendió tan
sólo a Bs 222,716,199 frente a los casi Bs 800.000.000 distribuidos en la
gestión 1996.
El mecanismo de distribución de la Coparticipación Tributaria es por capitación
a cada territorio municipal.
La Ley de Participación Popular incorpora a los Gobiernos Municipales como
instancias locales en la administración sanitaria. La Ley de Descentralización
Administrativa incorpora a las Prefecturas como instancias delegadas del nivel
Central en la Administración de la Salud Pública. La Prefectura, a través de la
Dirección Departamental de Salud, conduce el Proceso Salud-Enfermedad en
nivel está constituido por los Directorios Locales de Salud (DILOS) en cuya
cada Departamento de su jurisdicción. El Sistema Público de Salud (SPS)
conformación está como presidente de ellos el Honorable Alcalde Municipal 0
(D.S.24237) genera una novedosa estructura administrativa sanitaria a nivel
su representante, un representante de la Prefectura del Departamento que por
Prefectural y a nivel Municipal adaptándose a la Ley de Participación Popular y
lo general es un funcionario de las DIDES, ya que debe ser el encargado de la
de Descentralización Administrativa.
parte técnica del DILOS, y la comunidad organizada del territorio municipal. Esta
La estructura se divide en tres niveles de gestión. Uno, el Nacional, representado
gestión tripartita busca unir las tres instancias que hacen al funcionamiento del
por la Secretaria Nacional de Salud cuya función es la de normar, reglar y
sistema, el Gobierno Municipal que aporta con la infraestructura, el equipamiento,
conducir el SPS, además de vigilar y evaluar la aplicación de las políticas de
los recursos de generación local y los recursos de la coparticipación tributaria
salud en todo el territorio nacional. Estas funciones de normatización le dan a
y algunos Recursos Humanos, la Prefectura Departamental que aporta con los
esta instancia la postestad de definir prioridades nacionales en salud tanto
Recursos Humanos, las políticas y programas de salud, el cofinanciamiento para
prográmaticas como operativas. Esto rompe en forma definitiva la aplicación
el funcionamiento de estos, la capacitación, información y educación y las
vertical de Planes y Programas que en los años pasados no ha logrado incidir
Organizaciones Populares de Base que aportan con la sistematización de las
positivamente sobre el proceso salud enfermedad del pueblo de Bolivia.
necesidades básicas en Salud y Desarrollo Humano, además con el proceso de
El segundo nivel de gestión es el Prefectural representado por la Dirección
fiscalización en el cumplimiento de los Planes y Políticas de Salud en un
Departamental de Salud (DIDES) dependiente de la Secretaría Departamental
determinado territorio municipal.
de Desarrollo humano, Este nivel tiene como función prioritaria aplicar las
En este nivel, los DILOS, son fundamentalmente operativos, pero también, y quizá
políticas de salud, las estrategias generales, planes, programas nacionales y
lo más importante del cambio, es que a este nivel se realiza la Planificación
proyectos especiales en el ámbito departamental. Tiene la obligación de generar
Participativa donde se pretende unir la demanda sentida por la población con la
y administrar Redes de Servicios que permitan, en forma real y práctica,
oferta programada y así tener un producto que sea la respuesta local al proceso
incrementar la accesibilidad de la población a los Servicios de Salud teniendo
salud-enfermedad. Asi pues el Sistema Público de Salud estructura niveles
como único requisito la presencia de establecimientos de primer y segundo nivel
técnicos, administrativos y políticos en salud en forma descentralizada y participativa.
de complejidad en uno 0 varios territorios municipales completos. Para este fin
El motor del Sistema radica en los DILOS que son los que recogen la Planificación
la DIDES creará Unidades de Gestión Sectorial en el número que cada
Local y Participativa, la proyectan a niveles superiores para su sistematización
departamento decida para conducir las Redes de Servicios que se creen en su
y nuevamente la reciben para su ejecución.
jurisdicción Departamental. Estas Unidades asesorarán en lo técnico.
Todo este proceso de transformación ha dado inicio
La Dirección Departamental de Salud tiene a su cargo la Unidad de Gestión
a la reforma del Sector Salud que, a diferencia de otros
Sectorial que es una instancia técnica en salud que sirve de apoyo al desarrollo
paises, Bolivia lo plantea como consecuencia de la
de los programas y políticas de salud. Esta instancia técnica, supervisa y genera
transformación estructural del Estado y del inicio de
sistemas y subsistemas de apoyo al funcionamiento del Sistema Público de
una Revolución Social Democrática planteada por el
Salud, además es la encargada de generar calidad de atención con todos sus
Gobierno del Lic. Gonzalo Sánchez de Lozada, Excmo.
componentes, entendiendo por calidad no sólo la prestación del servicio 0
Presidente Constitucional de la República.
consulta sino el proceso de generación de salud en un determinado territorio
con participación activa de la colectividad.
BOLIVIA
El tercer nivel de gestión es el más novedoso y el que transforma sustancialmente
(*) Subsecretario Nacional de Salud
LANUEVA
Secretaria Nacional de Salud
al Sector Salud. Este nivel de gestión tiene base en el territorio municipal y es
Ministerio de Desarrollo Humano
Suciedad
aquí donde se practica la Gestión Compartida con Participación Popular. Este
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№ 17
Septiembre
INFORMA
1996
SNS
SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
BOLETIN DE LA SECRETARIA NACIONAL DE SALUD
Seguro
Nacional de
&
Maternidad
y Niñez
Mario Galindo Soza
El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez ya está
y seguimiento del Seguro, el llenado de formularios
en marcha. Se han realizado más de 110.000
y otros procedimientos administrativos,
atenciones en tres meses, lo que representa un
administración de medicamentos, procedimientos
promedio de incremento de casi un 50% con
de administración hospitalaria, procedimientos de
relación a este tipo de prestaciones, antes de la
admistración de los DILOS y ampliación del Sistema
implementación del seguro.
de Información Gerencial, todos ellos referidos al
Seguro Nacional de Maternidad y Niñez.
Los lógicos problemas de un inicio de programa,
han exigido ajustes, necesarios en este período,
La dinámica con que se está desarrollando el
para que el Seguro pueda enfrentar los mismos.
Seguro Nacional de Maternidad y Niñez obliga a
Estos problemas son en unos casos, generados
que estas normas se realicen con cierta
por el propio Seguro, pero en otros arrastrados
periodicidad. En todo caso las actualmente emitidas
de tiempo anterior, y responden a causales
son imprescindibles y permiten que el Seguro se
estruturales.
aplique, de tal manera que amplía la cobertura y
mejora la calidad de las atenciones: siempre bajo
En todo caso, para todos estos temas, el Seguro
el principio de reducir en el corto plazo, la
ha ido generando dinámicamente respuestas, de
mortalidad materno infantil, a un ritmo más
carácter normativo, tal como señalan las Leyes
acelerado
de Participación Popular y Descentralización
Administrativa, que contemplan para el nivel central
de gobierno este tipo de acción normativa.
Esta normativa se halla referida a aspectos
puntuales del Seguro, y se ha traducido en seis
Director Nacional- Seguro Nacional
BOLIVIA
instructivos del Seguro Nacional de Maternidad y
de Maternidad y Niñez.
LA NUEVA
Niñez. Estos tocan aspectos relativos al monitoreo
Subsecretaría de Seguros Médicos
Resolución Secretarial N° 0565
del 1° de Julio 1996
A DE
Cuando el Establecimiento de Salud efectúe un cobro referente al inciso e), deberá adjuntar
la receta recibo y detallar los insumos y medicamentos utilizados para cada caso de acuerdo
a los costos desglosados incluidos en en el Anexo del presente instrumento legal.
ARTICULO 5.- (Valor de los Insumos para atención de recién nacidos y niños menores de
5 años)
Se fija el valor de los paquetes de insumos para la atención de salud en el caso de los recién
nacidos y niños menores de cinco años, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Atención del recién nacido patológico
Paquete de Ictericia Patológica del recién nacido
Bs
15.-
Paquete de recién nacido con sufrimiento fetal (Asfixia)
Bs
35.-
b) Infecciones Respiratorias Agudas (IRA)
Paquete ambulatorio de Neumonía
(Niños de 2 meses a menores de 5 años)
Bs
2.-
Paquete hospitalario de Neumonía/Sepsis
(Niños menores de 2 meses)
Bs
85.-
Paquete hospitalario de Neumonia
(Niños de 2 meses a menores de 5 años)
Bs
100.-
c) Enfermedades Diarrélcas Agudas (EDA)
Paquete ambulatorio de Diarrea
Bs
2.-
Paquete hospitalario de Diarrea
Bs
25.-
ARTICULO 6.- (Valor de Insumos para análisis de laboratorio y Rayos X)
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Se fija el valor de los paquetes de insumos para los análisis de laboratorio y Rayos X, de
Que se debe establecer el valor de los insumos, sumistros y medicamentos del Seguro Nacional
acuerdo al siguiente detaile:
de Maternidad y Niñez, que serán financiados por los Fondos Locales Compensatorios de
Grupo Sanguineo y RH
Bs
2.-
Salud, dando cumplimiento al art. 7 del Decreto Supremo Nº 24303 de 24 de mayo de 1996
Hemograma (Incluye hemoglobina)
Bs
2.-
y al art. 17 de la Resolución Ministerial 093/96 de 27 de Junio de 1996;
Examen parcial de orina (Fisico-quimico)
Bs
2.-
Por tanto,
VDRL 0 RPR
Bs
2.-
La Secretaria Nacional de Salud, en uso de sus atribuciones conferidas en la Ley de Ministerios
Glicemia
Bs
2.-
del Poder Ejecutivo, su Decreto Reglämentario y de los Decretos Supremos Nº 24134, 24237
Rayos X de Tórax en niños (Postero anterior)
Bs
10.-
y 24303;
Los exámenes de laboratorio serán realizados en la primera consulta prenatal.
RESUELVE:
ARTICULO 7.- (Composición de los Paquetes de Insumos)
ARTICULO 1.- (Paquete de Insumos)
El costo de los paquetes referidos en los artículos precedentes incluye los insumos, sumistros,
Se entiende por Paquete de insumos al conjunto de insumos, sumistros y medicamentos
medicamentos y análisis de laboratorio detallados en el Anexo I de esta norma jurídica.
necesarios e imprescindibles para llevar a cabo la atención de una determinada prestación
en el marco del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, de conformidad a las normas y
ARTICULO 8.- (Prestaciones no cublertas)
procedimientos vigente establecidos por la Secretaria Nacional de Salud.
El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, no cubrirá patologías pre-existentes al embarazo,
ARTICULO'2.- (Modalidad de pago)
cuidados especiales al recién nacido prematuro, ni malformaciones congénitas.
El valor de los paquetes de insumos definidos en el articulo anterior será pagado a los
ARTICULO 9.- (Valor de los Insumos)
Establecimientos de Salud que hayan prestado el servicio, de manera indivisible y mensualmente,
con cargo a los recursos del Fondo Local Compensatorio de Salud.
La Secretaria Nacional de Salud realizará ajustes periódicos en el valor de los insumos, de
acuerdo a variables relacionadas al costo de los repectivos insumos, medicamentos y
ARTICULO 3.- (Unlformidad de pago)
suministros comprendidos en el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez.
El valor de los insumos definido en la presente Resolución Secretarial entra en vigencia
Registrese, hágase saber y archivese
obligatoria desde el 1ro. de julio de 1996, tanto para los establecimientos de la Salud Pública
como de las Cajas de Salud y aquellas instituciones que se incorporen al Seguro Nacional
de Maternidad y Niñez.
Dr. Javier Torres Goitia C.
Dr. Oscar Sandóval Morón
ARTICULO 4.- (Valor de los Insumos para maternidad)
SUBSECRETARIO DE SALUD
SECRETARIO NACIONAL DE
Se fija el valor de los paquetes de insumos para la atención de salud en el caso de maternidad,
SALUD
de acurdo al siguiente detaile:
a) Atención Prenatal.-
ESTRATEGIA NACIONAL DE SALUD REPRODUCTI
Paquete prenatal normal que incluye cuatro consultas prenatales.
Con un costo total
Bs.
5.-
MARZO 1996
El valor de los insumos para la atención prenatal será pagado una vez realizada la cuarta
consulta.
b) Atención de Parto y atención al recién nacido sano.-
Paquete de atención de parto vaginal
Bs
35.-
c) Cesárea y atención al recién nacido sano.-
Paquete de Cesárea
Bs
220.-
d) Atención Post-Parto (Puerperlo).-
Paquete de atención Post-Parto
Bs
2.-
e) Atención de emergencías obstétricas.
Paquete de Amenaza parto prematuro
Bs
250.-
Paquete de Hemorragia tercer trimestre
Bs
110.-
Paquete de Pre-eclampsia
Bs
55.-
Paquete de Eclampsia y Pre-eclampsia severa
Bs
100.-
Paquete de Hemorrogia Puerperal
Bs
25.-
Paquete de Infección Puerperal/Sepsis
Bs
210.-
15-1
DIRECCION DEL SISTEMA
Agradecimiento especial a
Salud
PUBLICO DE SALUD
UNICEF por la cooperación
para la publicación del
SECRETARIA NACIONAL
presente Boletín y a OPS/OMS
DE SALUD
por la cooperación técnica.
Plaza Franz Tamayo s/n Casilla № 13661, Teléfonos: 375475 Interno 410 Fax: 391590 La Paz, Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL
contingencias cubiertas, su financiamiento, la red
24303, en sus cinco capítulos y veintidos artículos,
No. 093/96
de servicios, su administración, el valor de los
que se detallan a continuación:
insumos, las sanciones previstas y disposiciones
La Paz, 27 de junio de 1996
transitorias que señalen de forma explícita los
derechos y obligaciones de los participantes y
beneficiarios.
CAPITULO PRIMERO
VISTOS Y CONSIDERANDO:
POR TANTO:
PERSONAS ASEGURADAS Y
Que mediante Decreto Supremo No. 24303 de 24
CONTINGENCIAS CUBIERTAS
El Ministerio de Desarrollo Humano, en uso de sus
de mayo de 1996, se creó el Seguro Nacional de
atribuciones conferidas en la Ley de Ministerios
Maternidad y Niñez, encargado de otorgar
del Poder Ejecutivo y su Decreto Reglamentario;
ARTICULO 1
asistencia médica a la mujer y al niño.
(Personas Aseguradas)
RESUELVE:
Que es necesario establecer la reglamentación al
Decreto Supremo No. 24303 de 24 de mayo de
I. Para los efectos del Decreto Supremo 24303,
ARTICULO UNICO:
1996, que crea el Seguro Nacional de Maternidad
las personas aseguradas serán las mujeres
y Niñez en los aspectos relacionados al alcance y
gestantes y niños menores de cinco años, que
Apruébase el Reglamento al Decreto Supremo
residen en los Municipios que hubieren
suscrito el Convenio de Adscripción
consignado en el artículo 2 Numeral II.
II. Los Gobiernos Municipales que no
suscribieron el Convenio al 30 de junio de
1.996, podrán hacerlo posteriormente en base
al articulo 10 del D.S. 24303.
III. La población de los Municipios que no
suscribieron el Convenio, contará con la
atención de salud prevista en el D.S. 24303.
Las políticas de
cubriendo por su cuenta los costos
salud que
establecidos en la presente Resolución.
sustenta el
Gobierno
ARTICULO 2
Nacional, están
(Contingencias cublertas)
orientadas a
mejorar las
I. La asistencia de salud estipulada en el artículo
condiciones de
2 del Decreto Supremo No 24303, para el
vida y de salud de
caso de maternidad, se realizará en todos los
toda la población
Establecimientos de Salud y Hospitales del
boliviana.
Sistema Público de Salud y estará sujeta a
SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD Y NIÑEZ
Pag. 3
Salud
Normas y Procedimientos de la Secretaría
Nacional de Salud. Esta asistencia comprende
lo siguiente:
a) Atención Prenatal.- El control prenatal se
realizará a toda mujer embarazada que
solicite este servicio. La atención de todo
embarazo comprende: cuatro consultas
prenatales, que incluyen asistencia médica
y de enfermería además de la entrega de
La Primera Dama
sulfato ferroso, ácido fólico y vacunación
de la Nación, Sra.
con toxoide tetánico de acuerdo al
Ximena de Sánchez
esquema del Programa Ampliado de
de Lozada, viene
Inmunizaciones. En la primera consulta se
participando
realizarán los siguientes exámenes de
activamente en los
laboratorio: Hemograma, Hemoglobina,
programas de
Grupo sanguíneo, RH, Parcial de orina,
salud, priorizando
VDRL y Glicemia.
la atención de las
mujeres y los
b) Atención Prenatal por Embarazo con
niños.
Riesgo Obstétrico.- Además de lo
señalado en el inciso a), para la atención
prenatal por embarazo con riesgo
obstétrico se realizarán las acciones
a) Enfermedades Diarréicas Agudas (EDA).-
IV. El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez no
Las enfermedades diarréicas se tratarán de
cubrirá patologías pre-existentes al embarazo,
descritas en los protocolos de atención
conformidad a las Normas Nacionales. En
obstétrica, que responden a las Normas
ni malformaciones congénitas.
Nacionales.
casos de deshitratación leve 0 moderada,
en los cuales solo se necesita tratamiento
ARTICULO 3
c) Atención de Parto Normal.- Esta
ambulatorio, se recurrirá a la terapia de
(Acceso al Seguro)
prestación se llevará a cabo,
rehidratación oral administrada tanto a nivel
independientemente de que las mujeres
comunitario como institucional.
I. El acceso al Seguro será a través de los
embarazadas hayan realizado 0 no el
En los casos de deshidratación severa el
Establecimientos de primer nivel de atención los
control prenatal respectivo. Dicha atención
tratamiento necesariamente se realizará
que extenderán un Carnet de Asegurado para
comprenderá asistencia médica,
administración de anestesia local,
en los centros de internación, donde se
cada persona que acuda por primera vez al
suturas, occitócicos y analgésicos. En
realizará la reposición de líquidos en forma
Establecimiento de Salud a recibir atención, en
caso de requerirse reposición de sangre
parenteral hasta la recuperación del niño.
el marco del Seguro Nacional de Maternidad y
Niñez. Este carnet deberá presentarse
se realizará según lo estipulado en las
b) Infecciones Respiratorias Agudas (IRA).-
posteriormente, para cualquier otra atención, en
Normas Nacionales.
La atención que se brindará en el caso
cualquier Municipio adscrito al Seguro.
d) Atención de Parto Vaginal de Alto
de las infecciones respiratorias agudas,
Riesgo.- Se realizará en los
complicadas con neumonía, se debe
II. El acceso a los hospitales será a través de la
Establecimientos de Salud de la red de
realizar a través de tratamiento
referencia de pacientes por los
servicios, que tengan capacidad de
ambulatorio u hospitalario de acuerdo a
establecimientos de primer nivel de atención,
resolución obstétrica. La misma contempla
la gravedad del caso, en conformidad a
excepto en los casos de emergencias donde
atención médica, de enfermería,
normas nacionales.
la atención será Inexcusable y el pago por las
atenciones corresponderá a lo previsto en el
administración de anestesia, sueros,
El tratamiento ambulatorio se realizará en
art. 1. del presente reglamento.
suturas, occitócicos y analgésicos. La
base a cotrimoxazol y paracetamol, hasta
reposición de sangre y el suministro de
III. Las personas que procedan de otro Municipio,
la recuperación del paciente.
otros medicamentos se realizará según los
deberán acreditar su residencia mediante la
protocolos de atención obstétrica, que
El tratamiento hospitalario se realizará en
presentación del Carnet de Asegurado, en el
responden a Normas Nacionales.
base a normas y procedimientos
que se consigna el Municipio de origen. De
establecidos por la Secretaría Nacional de
esta manera, el Directorio Local de Salud
e) Cesárea.- La operación cesárea se
Salud. Las atenciones de menores de dos
(DILOS) del Municipio que preste las
realizará de acuerdo a las indicaciones
meses, con neumonía, sepsis y/o
atenciones podrá solicitar al Municipio de
establecidas en los protocolos de
meningitis se realizará en base
origen, el reembolso por el servicio prestado.
atención obstétrica, conforme a Normas
mendicamentos de primera línea.
Nacionales.
ARTICULO 4
III. La atención al recién nacido se realizará
f) Puerperio.- La atención del puerperio
(Establecimientos de Salud de la Iglesia
durante la primera semana y comprende las
normal, incluye los cuidados generales
siguientes prestaciones:
y Organismos no Gubernamentales)
inmediatos al parto, un control post-natal
después de siete días, consejería en
a) Atención del reclen nacido normal.- Esta
Los convenios que suscriban los Directorios
salud reproductiva y servicios de
atención implica, los cuidados inmediatos
Locales de Salud con la Iglesia y los Organismos
planificación familiar. En puerperios con
y mediatos al nacimiento, incluyendo
No Gubernamentales (ONG's); para participar en
presencia de patologias, se atenderán
valoración y vigilancia del recién nacido,
el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, deberán
según protocolos establecidos.
profiláxis ocular y del cordón umbilical,
sujetarse a las normas establecidas en el presente
administración de vitamina K y
Reglamento, sin perjuicio de incorporar otros
g) Emergencias Obstétricas.- Toda mujer
apegamiento precoz al seno materno.
alcances de rigor y cláusulas de estilo; asimismo
embarazada con o sin control prenatal, en
deberan indicar el área geográfica específica dentro
trabajo de parto o no, que presente una
b) Vacunaclón.- El recién nacido deberá ser
del Municipio.
complicación del mismo 0 tenga una
vacunado antes de ser dado de alta, con
patología obstétrica asociada, deberá
la vacuna BCG y anti-poliomelitica, de
recibir de inmediato la atención necesaria.
conformidad a normas del Programa
Ampliado de Inmunizaciones (PAI).
CAPITULO SEGUNDO
II. La asistencia médica estipulada en el artículo
2 del Decreto Supremo No 24303, para el
c) Atención del recién nacido con
caso de recién nacidos y niños menores de 5
patología.- Comprende reanimación
FINANCIAMIENTO
años, se realizará en todos los
neonatal, atención de ictericia y sufrimiento
Establecimientos de Salud y Hospita les del
fetal, de acuerdo a normas nacionales.
ARTICULO 5
Sistema Público de Salud y se sujetará a lo
d) Prematuréz y Peso bajo.- La recuperación
(Personal)
establecido en las Normas Nacionales. Esta
del prematuro se realizará mediante la
asistencia médica comprende lo siguiente:
técnica de "madre canguro".
I. Para el financiamiento de los Recursos
Pag. 4
SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD Y NIÑEZ
Salud
Humanos del Sistema Público de Salud para
Básicos de Salud y Fortalecimiento Institucional del
CAPITULO TERCERO
el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. el
Sector (PSF), el Proyecto de Salud Infantil y
Tesoro General de la Nación realizará la
Comunitario (CCH), asi como, los programas y
programación presupuestaria, destinada a
proyectos financiados por UNICEF UNFPA, OPS-
ADMINISTRACION DEL SEGURO
cubrir los items de personal de la partida
OMS y otros organismos de cooperación,
10.000, para personal médico, paramédico y
adecuarán su cooperación técnica y financiera y
ARTICULO 10
administrativo del Sistema Público de Salud,
asignarán recursos para financiar los gastos de
(Dirección del Seguro Nacional de
que preste atenciones en el marco del Seguro
infraestructura, equipamiento, capacitación,
Nacional de Maternidad y Niñez.
seguimiento y evaluación del Seguro Nacional de
Maternidad y Niñez)
Maternidad y Niñez, dentro del marco de los
Estas partidas serán consignadas en el
Se crea la Dirección del Seguro Nacional de
convenios en actual vigencia y la normatividad
Presupuesto Anual de la Prefectura de cada
establecida por la Secretaría Nacional de Salud.
Maternidad y Niñez, dependiente de la Sub
Departamento, en la Secretaria Departamental
Para este efecto, se establece la conformación de
Secretaría de Seguros Médicos de la Secretaría
de Desarrollo Humano y su Dirección
un Comité Interagencial de Cooperación.
Nacional de Salud, encargada de normar, regular,
Departamental de Salud correspondiente.
realizar seguimiento y evaluar la aplicación del
II. Para una eficiente utilización de los Recursos
ARTICULO 9
Seguro Nacional de Maternidad y Niñez en el
ámbito del territorio nacional.
Humanos del Sistema Público de Salud y con
(Medicamentos)
el propósito de garantizar las prestaciones del
ARTICULO 11
Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. los
Para asegurar la disponibilidad continua y el uso
DILOS gestionarán ante las autoridades de
racional de medicamentos e insumos necesarios
(Administración)
Salud de la Prefectura, la reasignación del
para las prestaciones del Seguro, deberá
personal de su jurisdicción en base a las
considerarse lo siguiente:
1. La administración del Seguro estará a cargo
de los DILOS a traves de la estructura
Políticas dictadas por la Secretaría Nacional
I. Los medicamentos e insumos a emplearse en
administrativa de los Establecimientos de
de Salud. Estas reasignaciones no podrán
comprender variaciones en el presupuesto
las prestaciones del seguro se encuentran
Salud y los Gobiernos Municipales.
programado de cada gestión fiscal, en la
detallados en Resolución Secretarial expresa,
partida de servicios personales.
debiendo utilizarse para su prescripción
II. El procedimiento administrativo se inicia con
obligatoriamente el Recetario Recibo.
la prestación del servicio a los asegurados en
III. En caso necesario, las Cajas de Salud podrán
los Establecimientos de Salud, donde se
En caso de ser necesaria alguna modificación
realizará el control de la documentación de los
modificar su Presupuesto para cubrir
modificaciones y nuevos items de personal
en la lista de medicamentos seleccionados
pacientes y la liquidación del costo de los
médico y para médico no administrativo, que
para la atención del Seguro Nacional de
servicios. Cada Establecimiento enviará
se requiera específicamente para atender las
Maternidad y Niñez se deberá emitir
mensualmente al DILOS una factura con la
prestaciones otorgadas por el Seguro Nacional
necesariamente una nueva Resolución
documentación consolidada correspondiente a
de Maternidad y Niñez.
Secretarial.
todas las atenciones del mes, y luego de la
verificación respectiva, el DILOS emitirá la
II. Los establecimientos de la Salud Pública y las
ARTICULO 6
autorización y orden de pago, que se hará
Cajas de Salud, adquirirán los medicamentos
efectiva a través de los mecanismos
(Infraestructura y Equipamiento)
e insumos del Seguro Nacional de Maternidad
administrativo contables del Municipio,en un
y Niñez, de la Central de Abastecimiento y
plazo no mayor a treinta dias'a partir de la
Los requerimientos en infraestructura y
Suministros (CEASS) a través de las Unidades
recepción de la factura y sujeto a las normas
equipamiento para los Establecimientos de Salud
Regionales de Suministros (URES), pudiendo
contenidas en el Sistema de Administración
de los Municipios adscritos al Seguro Nacional
sólo en casos de mejor opción económica y/
Financiera y Control Gubernamental.
de Maternidad y Niñez, serán determinados por
O falta de disponibilidad, recurrirse a otros
los DILOS y gestionados ante el Gobierno Municipal
proveedores acreditados de acuerdo a lo
III. En caso de que los DILOS sobrepasen el plazo
en cuanto a refacción, remodelación, reparación,
establecido por la Resolución Suprema No.
de pago de servicios facturados, los
ampliación y modernización, asi como renovación
216145
Establecimientos podrán suspender los
y mantenimiento de equipos.
servicios, responsabilizándose a los
III. La programación, adquisición, abastecimiento,
funcionarios que hubiesen incurrido en
ARTICULO 7
distribución y suministro en general de
negligencia administrativa.
medicamentos e insumos se regirá de acuerdo
(Capacitación)
al "Reglamento del Sistema de Suministros"
ARTICULO 12
y al "Manual de Normas y Procedimientos
1. Los programas de capacitación requeridos en
Técnicos del Sistema Nacional de
(Funciones de los Establecimientos de
los establecimientos de salud de los
Suministros" de la CEASS, priorizando el Uso
Municipios adscritos al Seguro Nacional de
Salud)
Racional de Medicamentos de acuerdo a
Maternidad y Niñez, destinados al personal
normas establecidas y al Programa Nacional
Los Establecimientos de Salud de la Salud Pública,
médico y paramédico, para su actualización en
de Medicamentos Esenciales de Bolivia
las atenciones previstas por el Seguro e
la Seguridad Social y los de la Iglesia y ONGs que
(PNMEBOL).
intercambio de experiencias y conocimientos
ingresen al sistema, estarán encargados de brindar
locales, serán determinados para la gestión
1.996, por la Secretaria Nacional de Salud y
operativizados a traves de las DIDES en
coordinación con las Administraciones
Regionales de las Cajas de Salud. Estos
programas se realizarán a partir del segundo
semestre de 1.996.
II. Para la gestión 1.997 y subsiguientes, los
El Seguro de
DILOS en coordinacion con las Administra-
Maternidad y Niñez
ciones Regionales de las Cajas seran los
pretende reducir de
responsables de evaluar la capacitación
manera sustancial
impartida y establecer las necesidades de
los índices de
nuevos ámbitos de capacitación.
mortalidad materna
e infantil. El
ARTICULO 8
Secretario Nacional
de Salud, Dr. Oscar
(Créditos y contribuciones de origen
Sandóval Morón
externo)
participa
activamente en las
El Proyecto Integrado de Servicios de Salud
campañas de
(PROISS), el Programa Integrado de Servicios
vacunación.
SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ
Pay. 5
Salud
la atención de salud prevista en el Art. 2 del DS.
24303 de acuerdo a normas nacionales en
vigencia y lo reglamentado en la presente
Resolución Ministerial.
El Establecimiento de Salud realizará las siguientes
acciones:
1.- Consignar los datos generales de cada
asegurado en el Libro de Registro de
Asegurados del Seguro Nacional de
Maternidad y Niñez, asignando el número de
Historia Clínica respectivo.
Autoridades de la
Secretaria Nacional
2.- Enviar mensualmente al DILOS un reporte de
de Salud y
los asegurados que hayan sido registrados
representantes de
durante el mes, para permitir el control
organismos
respectivo.
internacionales
comprometidos con
3.- Otorgar el Carnet de Asegurado, que será el
el Seguro Nacional
documento de identificación de los usuarios
de Maternidad y
que facilite el acceso a los servicios del
Niñez.
Seguro.
4.- Elaborar la Historia Clínica de cada paciente
de acuerdo a Normas Nacionales y
2.- Verificar la veracidad de las prestaciones
el Establecimiento de Salud, para el cobro
mantenerlas en un Archivo actualizado.
otorgadas, determinando la correcta aplicación
respectivo.
de las normas reglamentadas.
5.- Brindar la atención de salud o referir a un
ARTICULO 15
Servicio de nivel superior de la red, cuando el
3.- Autorizar mensualmente el pago de las
paciente requiera una atención de mayor
prestaciones otorgadas en cada
(Impuestos)
complejidad.
Establecimiento de Salud, emitiendo la
La Secretaría Nacional de Hacienda emitirá los
Resolución de Pago de Servicios que autorice
6.- Elaborar la liquidación de costo de servicios,
el desembolso de fondos con cargo a la Sub
certificados de crédito fiscal, para el pago de
verificando las atenciones prestadas a cada
Cuenta "Fondo Local Compensatorio de
impuestos de acuerdo a lo establecido en el
paciente, de acuerdo a la Lista de Costos
Salud".
artículo 8 numeral III del Decreto Supremo No
actualizados, establecida por Resolución
24303, en base a las facturas de las atenciones
Secretarial. Para el efecto se llenará el
Para el mejor cumplimiento de sus labores. el
realizadas que serán declaradas por el
Formulario de "Hoja de Costo de Servicios",
DILOS podrá contar con el apoyo técnico de un
Establecimiento de Salud, en los formularios
el cual formará parte de la documentación
Representante de los Establecimientos de Salud
respectivos a la Dirección de Impuestos Internos
acumulada que respalde la Factura Oficial del
que participen localmente en el Seguro.
de su jurisdicción.
Establecimiento de Salud por el costo de las
atenciones realizadas durante el mes.
ARTICULO 14
ARTICULO 16
(Funciones de los Goblernos
(Compensación)
7.- Remitir al DILOS para su cobranza los
siguientes documentos:
Municipales)
EI saldo de la sub-cuenta del Fondo Local
7.1. La factura correspondiente a todas las
Para el funcionamiento administrativo contable del
Compensatorio de Salud al 31 de diciembre de
atenciones del mes.
Seguro, los Gobiernos Municipales recibirán la
cada año, será reprogramado en el monto del 3%
responsabilidad del manejo de la Sub Cuenta
del 90% de los recursos de Participación Popular,
7.2. Las Hojas de Costo de Servicios de cada
"Fondo Local Compensatorio de Salud", de acuerdo
para el mismo fin, en la gestión fiscal siguiente,
paciente atendido durante el mes
a Resolución expresa del DILOS. En el
manteniendo su equivalencia con el 3% del 90%
correspondiente.
cumplimiento de esta responsabilidad los
de los recursos de Participación Popular.
Gobiernos Municipales tendrán las siguientes
7.3. El Listado Resúmen de Costos.
funciones:
ARTICULO 17
8.- Declarar mensualmente los cobros realizados.
(Valor de Insumos)
1.- Recibir del DILOS las Resoluciones de Pago
a la Dirección de Impuestos Internos de SU
de servicios a los Establecimientos de Salud.
jurisdicción. utilizando los formularios oficiales
En virtud a la facultad atribuida al Ministerio de
con la documentación respaldatoria
Desarrollo Humano a través del art.7 del D.S.
respectivos. para que la Secretaría Nacional
respectiva.
de Hacienda emita los certificados de crédito
24303, se dispone que la Secretaría Nacional de
fiscal.
2.- Preparar los Comprobantes de Pago para cada
Salud elabore la respectiva Resolución Secretarial,
Establecimiento de Salud.
que determine y ponga en vigencia el valor de los
9.- Elaborar mensualmente el Informe de
insumos, suministros y medicamentos para cada
Actividades del Seguro Nacional de Maternidad
3.- Llevar en forma independiente, los archivos de
atención médica del Seguro Nacional de
y Niñez, enviando una copia al DILOS, otra a
documentos y registros contables necesarios
Maternidad y Niñez.
la DIDES. para SU consolidadción en el nivel
para demostrar el correcto uso de los fondos
Departamental y su envio mensual a la
administrados. de conformidad a las normas
ARTICULO 18
Secretaria Nacional de Salud.
legales de la Ley 1178.
(Segulmiento Financiero, Técnico y
ARTICULO 13
4.- Girar los cheques de pago a los
Evaluación)
Establecimientos de Salud en el plazo máximo
(Funciones de los DILOS)
establecido en el Art. 11 del presente
I. La Dirección Departamental de Salud (DIDES)
reglamento.
y los DILOS realizarán seguimiento financiero
Los DILOS son la instancia encargada de la gestión
y técnico de las atenciones prestadas. Estas
compartida con Participación Popular y por tanto
5.- Realizar inspecciones periódicas a los
instancias, comprobarán la calidad de atención
responsables del control y seguimiento del Seguro
Establecimientos de Salud para verificar las
prestada en el Seguro Nacional de Maternidad
a nivel local, siendo sus funciones en este tema
intervenciones realizadas y la corrección de
y Niñez.
especifico, las siguientes:
las facturaciones.
Los DILOS realizaran cada mes un balance de
1.- Recibir de los Establecimientos de Salud las
6.- Pagar las facturas de Establecimientos de
sumas y saldos de su Fondo Local
facturas por las atenciones a los asegurados
Salud de otros Municipios, por atenciones
Compensatorio de Salud. para establecer el
del Municipio, y la documentación señalada en
realizadas a pacientes de SU jurisdicción, con
seguimiento de los recursos destinados al
el Art. 12 numeral 6 del presente Reglamento.
copia al DILOS del Municipio al que pertenece
Seguro. Asimismo es responsabilidad de las
Pag. 6
SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ
Salud
DIDES la elaboración de un balance de
a) Otorgación de una placa de
II. En caso de que los DILOS no realizen el pago
comprobacion de sumas y saldos
reconocimiento que será entregada en
de servicios facturados dentro del plazo fijado
corespondiente a los Fondos Locales
acto público.
en el Art. 11 del presente Reglamento.
Compensatorios de Salud de los Municipios
obligando a los Establecimientos a suspender
de su jurisdicción. Una copia de estos
b) Becas de capacitación para et personal
los servicios, se responsabilizará de este
reportes, deberá remitirse mensualmente a la
del Establecimiento de Salud.
hecho a los funcionarios que hubiesen
Secretaría Nacional de Salud.
c) Fondos en efectivo para ser destinados a
incurrido en negligencia administrativa y serán
mejoras en el Establecimiento de Salud.
sancionados de acuerdo a normas vigentes en
II. Por otra parte la DIDES realizará la evaluación
la materia.
de la cobertura y calidad trimestralmente y del
impacto en forma anual, en los Municipios de
ARTICULO 21
III. Para la aplicación de las sanciones señaladas
su Jurisdicción.Una copia de estos reportes,
(Sanciones)
precedentemente en el caso de las Cajas de
deberá remitirse a la Secretaría Nacional de
Salud, el DILOS debe convocar a la autoridad
Salud.
I.
En los siguientes casos, se establece el marco
regional de la Caja correspondiente para
jurídico para tipificar las transgresiones a las
solicitar la aplicación de la sanción respectiva.
ARTICULO 19
normas en vigencia, relativas a la aplicación
Un procedimiento similar se debe aplicar para
(Atención y Reembolsos a Cajas de
del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez:
los establecimientos de Salud de la Iglesia y
Salud)
ONGs adscritos al Seguro.
a) Cuando et Establecimiento de Salud
solicite reembolso por un número de
IV. Los reclamos y denuncias pueden ser
La atención que se brindará a la población
atenciones mayor al comprobado por el
realizados por cualquier ciudadano sea o no
protegida por el Decreto Supremo No.24303 en
DILOS, 0 falsifique la naturaleza de las
usuario del Seguro, en forma escrita u oral,
los Establecimientos de la Seguridad Social no
atenciones el Director del
mediante audiencia que el DILOS debe
significará la desatención de los asegurados al
Establecimiento de Salud y los
conceder al reclamante y/o denunciante. El
Sistema.
responsables. serán sancionados
DILOS debe establecer el reglamento para el
Las Cajas de Salud percibirán reembolsos del
conforme lo establece el artículo 5
procesamiento de las reclamaciones y
Fondo Local Compensatorio de Salud solamente
Númeral II del Decreto Supremo 24303,
denuncias.
cuando se trate de atenciones a pacientes no
sin perjuicio de las sanciones previstas
asegurados.
en la Ley 1178 de Sistema de
Administración Financiera y Control
Gubernamental.
CAPITULO QUINTO
CAPITULO CUARTO
b) Cuando en el Establecimiento de Salud se
altere la facturación, el Director del mismo
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PREMIOS Y SANCIONES
y el 0 los responsable(s) de esta
alteración, serán sancionados conforme
ARTICULO 22
lo establece el artículo 5 Númeral II del
ARTICULO 20
(Reprogramación)
Decreto Supremo 24303, sin perjuicio de
(Premios)
las sanciones previstas en la Ley 1178
De acuerdo al art. 10 del D.S. 24303, los
del Sistema de Administración Financiera
Gobiernos Municipales podrán reprogramar su Plan
Con el objeto de promover y estimular el
y Control Gubernamental.
Operativo Anual de 1.996, presupuestando los
mejoramiento de la calidad, calidez y adecuación
recursos necesarios para cubrir el aporte al Seguro
cultural de la atención en los Establecimientos de
c) Cuando el Establecimiento de Salud
que corresponde a los meses que restan de la
Salud incorporados al Seguro Nacional de
rechace pacientes, el personal de salud
gestión.
Maternidad y Niñez, se crea la distinción "SERVICIO
responsable del hecho, será exonerado.
DE SALUD AMIGO DE LA MADRE Y EL NIñO ", que
de acuerdo al art. 5 numeral II del Decreto
Las Cajas de Salud podrán reprogramar sus
será otorgada por la Secretaría Nacional de Salud.
Supremo 24303. Si, a esta transgresión
Presupuestos Anuales del año 1.996, en función
el Gobierno Municipal, UNICEF y
se añade la negligencia profesional que
de los requerimientos específicos que demanden
la OPS/OMS a los Establecimientos de Salud que
cause daños civiles, el personal de salud
las atenciones del Seguro Nacional de Maternidad
cumplan con los estándares establecidos.
responsable del hecho será sancionado
y Niñez.
conforme a normas vigentes en la
El Premio consistirá en:
materia.
Registrese. comuniquese y archivese.
El Ministro de Desarroilo
Humano, Lic. Freddy Teodovich,
se ha constituido en el
principal impulsor de las
políticas de salud en favor de
los sectores más necesitados
de la población.
SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ
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Salud
Resumen
Contingencias cubiertas
Nacional de Maternidad y Niñez, de la Central
Establecimiento de Salud por el costo de
de Abastecimiento y Suministros (CEASS) a
todas las atenciones realizadas durante el
Mujeres:
través de las Unidades Regionales de
mes
a) Atención Prenatal. Cuatro consultas
Suministros (URES), pudiendo en casos de
mejor opción económica y/o falta de
Remitirán al DILOS para su cobranza la
prenatales,
factura correspondiente a todas las
disponibilidad recurrirse a otros proveedores
b) Atención Prenatal por Embarazo con
atenciones del mes, acompañando las Hojas
acreditados
Riesgo Obstétrico.
de Costo de Servicios de cada paciente y el
La programación, adquisición,
Listado Resúmen de Costos
c) Atención de Parto Normal
abastecimiento, distribución y suministro en
Declararán mensualmente los cobros
d) Atención de Parto Vaginal de Alto Riesgo
general de medicamentos e insumos se
regirá de acuerdo al "Reglamento del Sistema
realizados, a la Dirección de Impuestos
e) Cesárea
de Suministros" y al "Manual de Normas y
Internos de su jurisdicción
Procedimientos Técnicos del Sistema
Elaborarán mensualmente el Informe de
f) Puerperio
Nacional de Suministros" de la CEASS,
Actividades del Seguro Nacional de
g) Emergencias Obstétricas
Maternidad y Niñez.
Administración
Niños:
Los DILOS:
El procedimiento administrativo resumido es
a) Enfermedades Diarréicas Agudas (EDA)
el siguiente:
Recibirán de los Establecimientos de Salud
b) Infecciones Respiratorias Agudas (IRA)
las facturas por las atenciones a los
Los Establecimientos de Salud:
asegurados del Municipio
c) Atención del recien nacido normal
Prestarán servicio a los asegurados
Verificarán la veracidad de la prestación de
d) Vacunación
Controlarán la documentación de los
servicios
e) Atención del recién nacido con patología.-
pacientes
Autorizarán mensualmente el pago de las
Consignarán los datos generales de cada
prestaciones otorgadas en cada
f) Prematuréz y Peso bajo.-
asegurado en el Libro de Registro de
Establecimiento de Salud, emitiendo la orden
Créditos y contribuciones de origen
Asegurados del Seguro Nacional de
de pago,
externo
Maternidad y Niñez
Los Goblernos Municipales:
El (PROISS), el PSF), el CCH), UNICEF
Asignarán el número de Historia Clínica
UNFPA, OPS-OMS y otros organismos de
respectivo
Recibirán del DILOS las Resoluciones de
Pago de servicios a los Establecimientos de
cooperación, adecuarán su cooperación
Enviarán mensualmente al DILOS un reporte
Salud
técnica y financiera y asignarán recursos para
de los asegurados que hayan sido registrados
financiar los gastos de infraestructura,
durante el mes
Prepararán los Comprobantes de Pago para
equipamiento, capacitación, seguimiento y
cada Establecimiento de Salud
evaluación del Seguro Nacional de
Otorgarán el Carnet de Asegurado
Maternidad y Niñez, trabajando
Verificarán periódicamente la veracidad de la
Elaborarán la Historia Clínica de cada
coordinadamente en el Comité Interagencial
prestación de servicios
paciente manteniéndolas en un Archivo
de Cooperación.
actualizado
Llevarán en forma independiente, los archivos
Medicamentos
Referirán a un Establecimiento de nivel
de documentos y registros contables
superior de la red, cuando el paciente
Los medicamentos e insumos a emplearse
Girarán los cheques de pago a los
requiera una atención de mayor complejidad
en las prestaciones del seguro se encuentran
Establecimientos de Salud, en un plazo no
detallados en Resolución Secretarial expresa.
Realizarán la liquidación del costo de los
mayor a treinta días
servicios, llenando el Formulario de "Hoja de
Los establecimientos de la Salud Pública y
Pagarán las facturas de Establecimientos de
Costo de Servicios"
las Cajas de Salud, adquirirán los
Salud de otros Municipios, por atenciones
medicamentos e insumos para el Seguro
Prepararán la Factura Oficial del
realizadas a pacientes de su jurisdicción.
Salud
DIRECCION DE ORGANIZACION
Agradecimiento especial a
DE SERVICIOS DE SALUD
UNICEF por la cooperación para
SECRETARIA NACIONAL
la publicación del presente
DE SALUD
Boletín.
Plaza Franz Tamayo S/N Casilla № 13661, Teléfonos: 375475 Int. 410 Fax: 391590 La Paz, Bollvia
Pag. 8
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BOLETIN INFORMATIVO
COMITE INTERINSTITUCIONAL DE APOYO
A LA ELIMINACION DEL SARAMPION
Año 1 No.1
La Paz-Bolivia, Noviembre 1996
EDITORIAL
En Septiembre de 1994 la Comisión Internacional de Certificación de la Poliomielitis
declara a las Américas LIBRE DE POLIO. El éxito de la сатраñа de erradicación de la polio
en el continente ha dado la pauta para el establecimiento de otras melas igualmente
ambiciosas, como la eliminación del sarampión.
En la XVII Reunión de Ministros de Salud del Area Andina (REMSAA), celebrada en
Cuenca, Ecuador en noviembre de 1993, se tomó la decisión de eliminar el Sarampión
Hacia la Eliminación del Sarampión
en esta subregión para 1996.
El impacto de las campañas masivas de vacunación en los niños de 9 meses a 14 años,
realizadas en la mayoría de los países de la Región, ha sido determinante para la decisión
de la XXIV Conferencia Sanitaria Panamericana de aprobar la resolución de eliminar
el sarampión del Hemisferio Occidental para el año 2000.
En este contexto, hemos asumido el reto y estamos logrando progresos importantes, tanto
en las coberturas de vacunación, como en la implementación de la vigilancia
epidemiológica, a fin de garantizar el éxito de nuestra acciones frente a esta enfermedad
tan peligrosa para la salud y la vida de nuestros niños.
Para el mantenimiento de un proyecto de esta naturaleza se requiere decisión política y
definición de prioridades en la distribución de los recursos, así como un seguimiento
técnico de los avances alcanzados. Con este propósito, el 9 de Octubre de 1996, se firmó
un convenio para la conformación del Comité Interinstitucional de Apoyo a la Elimina-
ción del Sarampión en Bolivia. Esta instancia, posibilitará la coordinación de las
actividades entre todas las instituciones involucradas y dará el impulso necesario para
el cumplimiento de la meta en el plazo establecido.
La experiencia de la erradicación de la polio también nos ha enseñado la necesidad de
Bolivia:
crear instancias orgánicas que den seguimiento técnico a las actividades. Para ello, se
ha invitado a personalidades del medio científico y político del país y representantes de
instituciones científicas, para formar parte de la Comisión Nacional de apoyo a la meta
de Eliminación del Sarampión.
Aprovechamos la oportunidad para agradecer el entusiasmo con que todas las institu-
ciones, or ganismos y personalidades han respondido a la convocatoria del Despacho de
la Primera Dama de la Nación, el Ministerio de Desarrollo Humano y la Secretaria
Nacional de Salud, con el propósito de aunar esfuerzos hacia la Eliminación del
Sarampión.
Dr. Oscar Sandoval Morón
Secretario Nacional de Salud