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Bolivia-Seguro National de Maternidad y Niñez [National Insurance for Mothers and Children]
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HEALTH REFORM SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD Y NIÑEZ República de Bolivia 1996 El problema Cada año mueren en Bolivia 28000 niños menores de 5 años y 1000 mujeres por complicaciones del embarazo y el parto. Estas cifras están entre las más altas de América. La Respuesta El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez brindará atención a todas las mujeres en edad fértil, durante la maternidad y eventuales complicaciones del embarazo y el parto. A los niños menores de 5 años, se les prestará atención en casos de enfermedades diarréicas e infecciones respiratorias agudas. COMITE NACIONAL POR PROGRAMA DE ACCIONES UNA MATERNIDAD SEGURA ESTRATEGICAS (PAE) DESPACHO DE LA PRIMERA MINISTERIO DE DAMA DE LA NACION DESARROLLO HUMANO Prefecturas Departamentales Secretaría Nacional de Salud Gobiernos Municipales Secretaría Nacional de Participación Popular INASES unicef FOIA Number: 2012-1035-S Clinton Presidential Records Foreign Language Marker This is not a presidential record. This is used as an administrative marker by the William J. Clinton Presidential Library Staff to identify the location of a document written in a foreign language Foreign Language Marker Collection: Clinton Presidential Records Subgroup: First Lady's Office Series: Domestic Policy Council Subseries: Nicole Rabner Document Title Request from the Bolivian First Lady's Security Language: Spanish Folder Title Bolivia-Seguro Nacional de Maternidad y Ninez [National Insurance of Mothers and Children] OA/ID: 17219 6th CONFERENCIA DE ESPOSAS DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE LAS AMERICAS Secretaria Pro-Tempore Señora Hillary Rhodam Clinton Primera Dama de los Estados Unidos Presente Despacho de la Primera Dama de la Nación Av. Arce 2335 Telfs. 361061 - 361460 355603 Fax. (591-2) 356973 La Paz Bolivia EL SEGURO ES. MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO AUTOSOSTENIBLE SECRETARIA NACIONAL DE SALUD Los sueldos y salarios del personal de salud de los establecimientos que prestan los SEGURO NACIONAL de servicios del Seguro están cubiertos por el Tesoro General de la Nación. MATERNIDAD y NiÑEZ ***** DE Los gastos en insumos y medicamentos están cubiertos por los Gobiernos Municipales. Para ello, los Municipios, que las Secretarías Departamentales de EL SEGURO DO NACIONAL CONCRETOPULAR ES DE LA UN DE MA firmaron voluntariamente un convenio con TERNIDAD Desarrollo Humano, destinan un monto equivalente al 3% del 90% de los recursos de Participación Popular que reciben por RESULTADICIPACION Y NINE concepto de Coparticipación. Este monto está abonado automáticamente BOLIVIA a una subcuenta denominada Fondo Local Compensatorio de Salud, que está administrada por los Municipios. De este modo, el Seguro Nacional de Uselo y difúndalo En defensa de la Vida Maternidad y Niñez es la devolución, en servicios, de los impuestos que paga la comunidad. de Acciones Estrated ***** PAE SNS SECRETARIA MACIONAL DESALLD Los gastos en infraestrutura, equipamiento, capacitación, seguimiento y evaluación Bolivia 1996 están cubiertos por créditos y contribuciones de origen externo, canalizados por el Tesoro General de la Nación. unicef UNFPA QUE ES EL SEGURO NACIONAL ESTE SEGURO OFRECE ¡COMO ACUDIR AL SEGURO? DE MATERNIDAD Y NIÑEZ? A LAS MUJERES EMBARAZADAS: Acudir al Seguro Nacional de Maternidad y Niñez es muy sencillo. La persona tiene que Cuatro consultas prenatales Vigente desde el 1° de julio de 1996, el presentarse al centro de salud. Allí se le Atención del parto. Operación cesárea otorga un carnet de asegurado que deberá Seguro Nacional de Maternidad y Ni- Atención de las emergencias obstétricas: conservar para las futuras atenciones, que- ñez es un sistema de protección para Hemorragia del tercer trimestre dando así inscrita en el Seguro. las mujeres embarazadas y los niños Hemorragia puerperal Eclampsia y preeclampsia menores de cinco años enfermos con Infección puerperal-sepsis Amenaza del parto prematuro MAS DE 2.000 ESTABLECIMIENTOS diarrea y neumonía. OFRECEN ESTE SERVICIO Una consulta después del parto Análisis del laboratorio: Grupo Sanguíneo y Rh El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez Hemograma está vigente en más de 2.000 Establecimien- Examen parcial de orina o Cada año mueren en nuestro país 28.000 uroanálisis tos de Salud Pública (Hospitales, Maternida- niños menores de 5 años y 1.000 muje- V.D.R.L. des, Postas Sanitarias) y en las Cajas de Salud Glicemia (Policlínicos y Cajas de Seguro de cualquier res por complicaciones del embarazo y Medicamentos institución pública, descentralizada, parto. El principal objetivo del Seguro Papanicolaou autárquica o semiautárquica) es de reducir la mortalidad materna en Detecciónprecoz del cáncer cervico un 20% y la mortalidad infantil en un uterino EL SEGURO ES UN DERECHO DE 25% anuales. A LOS NIÑOS MENORES DE 5 ANOS: LOS BOLIVIANOS PARA SIEMPRE Atención del recién nacido sano Atención del recién nacido enfermo: Ictericia Los servicios ofrecidos Sufrimiento fetal (asfixia grave) Los Centros de Salud están obligados a aten- Neumonía/sepsis der todos los casos cubiertos por el Seguro. por el Seguro Nacional de Atención de las diarreas Los directores, responsables y funcionarios Maternidad y Niñez no de los centros de Salud Pública y de la Sègu- tienen costo para Atención de las neumonías Rayos X del tórax ridad Social que no atiénden esta obligación, el usuario. serán exonerados de sus cargos y pasibles de Medicamentos las demás sanciones de ley. consignado un detalle de las coberturas y costos de cada paquete del Seguro, y esto es lo que el DILOS debe 28. ¿Puede una persona ser atendida en otro municipio Maternidad y Niñez y, con parte de ese dinero compra de autorizar a pagar. distinto al que reside?. De ser cierto: ¿Esto afecta el las URES los medicamentos e insumos de cada paquete MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO presupuesto establecido para el Seguro de Maternidad de prestaciones. SECRETARIA NACIONAL DE SALUD 22. ¿Qué es el Fondo Local Compensatorio de Salud? en el municipio? R. R. Es el 3% del 90% de los recursos de coparticipación Es obligación del municipio atender todos los casos que 34 i Qué parámetros se han tomado en cuenta para la tributaria, destinada exclusivamente para financiar los se presenten dentro de su jurisdicción, sin importar el elaboración de los costos de los insumos para el Seguro medicamentos e insumos en la atención del Seguro de municipio al que pertenece la persona. El Directorio Local Nacional de Maternidad y Niñez? PREGUNTAS y RESPUESTAS sobre El: Maternidad y Niñez. Estos fondos están depositados en de Salud (DILOS) debe solicitar al municipio de origen R. Se tomaron en cuenta varios parámetros como ser el una subcuenta corriente exclusiva para el manejo del el reembolso de los servicios prestados, por lo que los costo de referencia del CEASS, el costo de transporte, Seguro. presupuestos de cada municipio no se verán afectados. la relación con diversos laboratorios e importadores SEGURO NACiONAL de médicos privados y también un estudio de mer cado con 23. ¿Cada cuánto tiempo los municipios deben realizar los 29. ¿Cuáles son las sanciones para el personal de salud las distintas farmacias. Por lo tanto los costos de los que realice cobros al municipio por vicios que no insumos utilizados por el Seguro tienen un 100% de MATERNidAd y NiÑEZ pagos por las atenciones del Seguro? prestó? comprobación. R. Los pagos por atenciones se realizan mensualmente. R. El personal de Salud, es decir los directores, responsables 24. ¿Qué formulario se debe utilizar para el pago de los y funcionarios de los centros de Salud Pública y de la 35. ¿Se pueden comprar los suministros de salud en otro Seguridad Social que realicen cualquier tipo de cobros lugar que no sea la Central de Abastecimiento y impuestos del IVA y quién debe llenarlo? indebidos, serán exhonerados de sus cargos, y pasibles a Suministros (CEASS) O las Unidades Regionales de R. El formulario previsto para el pago de los impuestos del las demás sanciones de ley. Suministros (URES)? IVA es el No. 143. Debe ser llenado por el pr opio R. Sí, pero solo cuando se dé una mejor opción económica establecimiento de Salud. Una vez realizada la 30. ¿Cómo puede la gente en los municipios controlar que y/o falta de disponibilidad, recurriendo solo a proveedores facturación, el DILOS tiene 30 días para realizar el pago se esté utilizando adecuadamente los recursos acreditados. respectivo. Este formulario debe ser llenado a más tardar destinados al Seguro? hasta el 15 de cada mes. R. Por medio del representante del Comité de Vigilancia que PREMIOS 25. ¿Qué sucede si ocurre algún tipo de retraso en el participa en el DILOS, el cual debe controlar el llenado de los formularios? funcionamiento adecuado del Seguro. 36. ¿Existe alguna remuneración adicional, bono extra O R. El establecimiento de Salud debe llenar este formulario de algo similar para el personal de salud? igual manera, poniéndolo en movimiento, con saldo cero. 31. ¿Cómo se puede denunciar a los malos funcionarios? R. No existe ninguna remuneración adicional al personal de EI siguiente mes deberá llenar el mismo formulario, R. Mediante comunicación oral y/o escrita con un salud, sin embargo, existe un premio a los centros de salud- tomando en cuenta la facturación del mes pasado que no representante del DILOS, el cual tomará las medidas Amigos de la Madre y el Niño, que son los que apoyan de se hizo y la del presente mes. respectivas. mejor manera al funcionamiento del Seguro. 26. ¿Cada municipio debe tener un solo Registro Único de INSUMOS 37. ¿En qué consiste el premio a los Establecimientos de Contribuyentes (RUC)? Salud que se distingan por su apoyo al funcionamiento R. Se recomienda a los Establecimientos de Salud que ya del Seguro o al mejoramiento de la calidad y calidez En defensa de PAE la Vida 32. ¿Con qué medicamentos funciona el Seguro Nacional en los servicios de salud? tienen RUC, que utilicen el mismo para la declaración de impuestos. Sin embargo, es preferible contar con un RUC de Maternidad y Niñez? R. El premio consiste en la otorgación de una placa de específico para el Seguro. Aquelios Establecimientos que R. Con los medicamentos adquiridos en la Central de reconocimiento entregada en acto público, becas de aún no tienen RUC deben ealizar, cuanto antes, el trámite Abastecimiento y Suministros (CEASS) 0 en la Unidad Re- capacitación para el personal del Establecimiento de Salud para obtenerlo, a fin de que puedan declarar los impuestos gional de Suministros (URES), que consisten en una serie y fondos en efectivo destinados a equipar y mejorar las por las atenciones que brindan al Seguro Nacional de de diferentes medicamentos e insumos, que están instituciones del servicio. Maternidad y Niñez. detallados en los paquetes de cobertura del Seguro. UNFPA 27. ¿Quién paga estos impuestos? 33. i Quién paga los medicamentos e insumos del Seguro Desarrollo Humano: R. Los Establecimientos de Salud solamente. llenan los nacional de Maternidad y Niñez? Bolivia 1996 unicef formularios, NO pagan impuestos. EI que paga los R. El Establecimiento de Salud recibe el pago por las impuestos es el Tesoro General de la Nación (TGN). prestaciones realizadas en el Seguro Nacional de La mejor inversión PERSONAS ASEGURADAS Y lo tanto, si se logra una mayor cobertura, se verá una pérdida, cubierto por el Tesoro General de la Nación (TGN), CONTINGENCIAS CUBIERTAS mayor participación de la población, lo que significa un el cual está destinado a cubrir las contingencias que RED DE SERVICIOS PARA LA mayor control en la calidad y en la calidez. pudiesen presentarse, por lo tanto el municipio no tendrá que acudir a sus recursos, sino que serán recursos que PRESTACIÓN MÉDICA 1. ¿A quiénes cubre el Seguro Nacional de Maternidad y PARTICIPANTES provienen del reaseguro a contratarse en Suiza, de los que Niñez? se hará cargo el TGN. 16. ¿Quiénes deben prestar la atención médica? R. Cubre a las mujeres embarazadas, a los recién nacidos y a 7. ¿Quiénes participan del Seguro Nacional de los niños menores de 5 años. 11. ¿Es autosostenible el Seguro Nacional de Maternidad R. La asistencia prevista es prestada, obligatoriamente, por Maternidad y Niñez? todos los Centros de la Salud Pública y de la Seguridad y Niñez, 0 depende de las donaciones externas? 2. ¿Se necesita algún tipo de identificación para poder R. Participan la Secretaría Nacional de Salud, las Prefecturas, Social, así como por los centros de salud, que siendo R. El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez es dependientes de Organismos No Gubernamentales los Gobiernos Municipales, las Cajas de Salud y las Fuerzas acceder al Seguro? autosostenible, ya que los recursos que básicamente (ONGs), de la Iglesia y de las FF.AA, ingresen al sistema Armadas (FF.AA) R. Se solicita el carnet de identidad. Sin embargo, si no se sostienen al Seguro son parte de los Fondos Locales de Seguro mediante convenio específico. Se prevee, en un futuro, ingreso de los establecimientos Compensatorios de Salud, que provienen de los recursos tiene este documento, la persona que requiere este de salud de la Iglesia y de las ONGs. de coparticipación tributaria de la Par ticipación Popular, Seguro será atendida de igual forma. 17. ¿Qué sucede si los centros de Salud se niegan a atender administrados por el DILOS, por lo que en el largo plazo Una vez que la persona solicita el servicio en el centro FINANCIAMIENTO no importa si se retiran las donaciones O crédito externo los casos apropiados para el Seguro? de salud, se le otorga un carnet de asegurado que deberá que actualmente están llegando. R. Los Centros de Salud están obligados a atender todos los conservar para futuras atenciones, quedando así casos que ya se explicaron en la parte de cobertura. Los inscrita en el Seguro. 8. ¿Quién fjnancia el Seguro? 12. ¿Qué sucede si el municipio quiere gastar más de lo directores, responsables y funcionarios de los centros de R. El Seguro es financiado por: Salud Pública y de la Seguridad Social que no atiendan que está establecido en los paquetes del Seguro? 3. ¿Qué contingencias cubre el Seguro de Maternidad y esta obligación, serán exhonerados de sus cargos, y El Tesoro General de la Nación (TGN), mediante los Niñez? R. Si el municipio está dispuesto a destinar más recursos para pasibles a las demás sanciones de ley. gastos presupuestarios correspondientes al personal de R. En el caso de las mujeres embarazadas, el Seguro cubre un mejor funcionamiento de este Seguro, puede hacerlo salud, canalizando créditos y contribuciones de origen sin ninguna objeción. cuatro consultas prenatales, parto, cesárea, atenciones de externo específicos para mejorar la prestación de los ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO eventuales emergencias obstétricas, un control post-natal servicios de salud, y con un monto de hasta el 13% de después de siete días del parto, consejería en salud los importes facturados a los DILOS para el pago de los 13. ¿Quién-financia la capacitación del personal de salud reproductiva y servicios de planificación familiar. impuestos correspondientes. para la implementación del Seguro? 18. ¿Quién administra el Seguro de Maternidad y Niñez? Para los niños menores de cinco años, el Seguro cubre las Los Gobiernos Municipales aportan el 3% del 90% de R. La Cooperación Internacional, las Prefecturas y los R. La administración del Seguro está a cargo del Directorio Enfermedades Diarréicas Agudas (EDAs) e Infecciones los recursos que reciben por concepto de Participación Municipios. Local de Salud del Municipio (DILOS). Respiratorias Agudas (IRAs neumonías), además, atención Popular (coparticipación tributaria). del recién nacido, ictericia y asfixia grave. La Cooperación Internacional y créditos de orígen 14. ¿El Seguro financia el transporte de pacientes tanto en 19. ¿Quiénes componen el DILOS? externo cubren los gastos de infraestructura, el área urbana o rural, donde existen Hospitales de 4. ¿El Seguro cubre los servicios para los métodos equipamiento, capacitación, seguimiento y evaluación. R. El DILOS está compuesto por un representante del Referencia? Gobierno Municipal, un representante de la Prefectura a tradicionales de parto (parteras, matronas)? R. No, el transporte no es cubierto por el Seguro. Sin través de la Dirección Departamental de Salud y un R. No, el Seguro sólo cubre los servicios que son prestados 9. ¿Qué pagos debe realizar el Directorio Local de Salud embargo los municipios pueden financiar este ser vicio representante del Comité de Vigilancia. por el sistema formal de salud, (postas sanitarias, hospitales (DILOS) del municipio? especialmente si se trata de pacientes que requieren y demás centros de salud). R. El DILOS del municipio debe pagar las facturas por las atención hospitalaria especializada con las que no se 20. ¿Cuáles son las funciones básicas del DILOS en lo que atenciones realizadas a los asegurados del Seguro cuenta en el municipio del paciente. se refiere al Seguro Nacional de Maternidad y Niñez? 5. ¿Cubre el Seguro la consulta si se la hace por medio de Nacional de Maternidad y Niñez, de acuerdo a lo R. Las funciones básicas del DILOS son las de recibir las establecido por la Secretaría Nacional de Salud, en la Hoja los Responsables Populares de Salud (RPS). 15. En el área rural donde NO hay Hospital de Referencia, de Costo de Servicios. facturas por atenciones médicas, revisar la documentación ¿quién cubre los costos de traslado en ambulancia de R. No, el Seguro funciona sólo por medio del sistema formal y autorizar el pago de las atenciones prestadas por los los casos de emergencia hacia los Hospitales de de salud. centros de Salud, en base a los valores establecidos en la 10. ¿Qué sucede si los montos del seguro sobrepasan referencia que puedan atender estos casos? Hoja de Costo de Servicios. a lo presupuestado (el Fondo Local Compensatorio R. Los gobiernos municipales tienen prevista una cantidad 6. ¿Se puede brindar una atención de calidad y con calidez de Salud se agota), quién cubre la diferencia? de recursos para el sector salud, entre ellos los gastos 21. ¿Qué es la Hoja de Costo de Ser vicios? a las poblaciones inaccesibles y dispersas? R. El monto programado (3% del 90% de los recursos de de gasolina y viáticos de choferes, por lo tanto, este gasto R. El objetivo fundamental es el de aumentar la cobertura, coparticipación tributaria), tiene la suficiente está previsto en los Planes Anuales Operativos del R. Es una Hoja proporcionada por la Secretaría Nacional de en todas las poblaciones del país, tanto de mujeres sostenibilidad para cubrir las atenciones del Seguro. Sin Municipio (PAOs), por lo cual los casos de emer gencia Salud, en donde se detalla la liquidación del Costo de embarazadas como de niños menores de cinco años. Por embargo, se tiene previsto un reaseguro por exceso de deberán ser llevados al Hospital de Referencia por el Servicios de Salud que se presta al paciente. Ahí está propio Gobierno Municipal. DE MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO NACIONAL INTERNIDAD SECRETARIA NACIONAL DE SALUD SEGURO NACIONAL SEGURO NIÑEZ DE MATERNIDAD Y NIÑEZ SNS SECRETARIA NACIONAL DE SALUD Un resultado concreto de la BOLIVIA Participación Popular proiss NACIONAL DE MATERNIDAD Y MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO SECRETARIA NACIONAL DE SALUD SEGURO NIÑEZ SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD Y NIÑEZ BOLIVIA Un resultado SNS NACIONAL DE SALUD Participación Popular proiss DE NACIONAL MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO SECRETARIA NACIONAL DE SALUD SEGURO SEGURO NACIONAL NIÑEZ DE MATERNIDAD Y NIÑEZ SNS BOLIVIA Un resultado concreto de la SECRETARIA NACIONAL DE SALUD Participación Popular proiss II. Los pagos por atenciones entre Municipios se realizarán mensualmente, de acuerdo a Reglamento. III. La Secretaría Nacional de Salud contribuirá con un monto-de hasta el trece por ciento de los importes facturados a los DILOS, para el pago de los impuestos correspondientes. Estos recursos deberán ser incorporados por la Secretaría Nacional de Hacienda en el presupuesto respectivo. ARTICULO 9. (COMPENSACION). El seguro se gestionará con los principios de compensación que serán aplicados despues del primer año de funcionamiento. Su aplicación será establecida mediante reglamento. Presidencia de la República BOLIVIA ARTICULO 10 (REPROGRAMACION). Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, los Gobiernos Municipales y las Cajas de Salud podrán reprogramar sus Planes Operativos y Presupuestos Anuales, cuando las necesidades lo exijan, para garantizar la eficiente gestión del seguro. DECRETO SUPREMO N° 24303 ARTICULO 11 (VIGENCIA). El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, entrará en vigencia a partir del primero de julio de 1996. El Ministerio de Desarrollo Humano elaborará el reglamento respectivo, que será GONZALO SANCHEZ DE LOZADA aprobado por Resolución Ministerial. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA ARTICULO 12 (DEROGACIONES Y ABROGACIONES). Queda abrogada toda disposición legal contraria al presente Decreto Supremo. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Humano queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. CONSIDERANDO: Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 24 días del mes de mayo de mil Que es política del Gobierno Nacional atender prioritariamente la salud de la mujer y el niño novecientos noventa y seis años. bolivianos, aplicando programas sanitarios específicos. Que se ha creado el Comité Nacional por una Maternidad Segura, a través del D.S: No. 24227, FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA como un organismo intersectorial orientado 3 la reducción acelerada de la mortalidad materna y perinatal. Fdo. Antonio Araníbar Quiroga Fdo. Carlos Sánchez Berzain Fdo. Jorge Otasevic Toledo Que es necesario crear el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez enmarcado en los principios normativos de la Participación Popular, de la Descentralización Administrativa y del Sistema Público de Salud establecido en el D.S. 24237. Fdo. José Guillermo Justiniano Sandoval Fdo. René Oswaldo Blattmann Bauer Fdo. Fernando Candia Castillo Que es importante que los Gobiernos Municipales contribuyan al establécimiento del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez con los recursos destinados al Desarrollo Humano en el marco del D.S. 24182. Fdo. Freddy Teodovich Ortíz Fdo. Moisés Jarmúsz Levy Fdo. Jorge España Smith (Ministro Suplente de Trabajo) Que se debe realizar acciones coordinadas entre cl Sistema de Salud Pública, la Seguridad Social y las organizaciones privadas sin fines de lucro. Fdo. Guillermo Richter Ascimani Fdo. Alfonso Revollo Thenier Fdo. Jaime Villalobos Sanjinés Que el Ministerio de Desarrollo Humano está llevando a cabo el Programa de Acciones Estratégicas (PAE) en el que está incorporado el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. 4 EN CONSEJO DE MINISTROS 2. Créditos y contribuciones de origen externo, respetando el propósito de los programas específicos, destinados a infraestructura, equipamiento. capacitación. seguimiento DECRETA: y evaluación del Sistema de Seguro creado por el presente Decreto Supremo. ARTICULO (CREACION). Se crea el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, II. Recursos de contraparte Municipal equivalentes al tres por ciento del noventa por ciento encargado de otorgar asistencia médica a la mujer y al niño en los alcances y características previstas en el presente de los recursos de Participación Popular (coparticipación tributaria), que serán destinados Decreto Supremo. a cubrir los costos de insumos y medicamentos del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, definidos en el reglamento correspondiente. Estos recursos se abonarán automáticamente ARTICULO 2. (PERSONAS ASEGURADAS Y CONTINGENCIAS CUBIERTAS).- a una subcuenta, de la cuenta de Partipación Popular. denominada Fondo Local Compensatorio de Salud, abierta expresamente y en virtud al convenio señalado en el artículo I. El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez tiene las siguientes coberturas: 2 del presente Decreto Supremo. en el Banco Central de Bolivia para cada Municipio. Los recursos de contraparte Municipal, señalados precedentemente, forman parte del apoyo al Γ. Maternidad: Se otorgará a las mujeres gestantes, la necesaria asistencia médica, Desarrollo Humano previsto en el artículo 5to. del D.S. 24182. quirúrgica, farmacéutica, análisis básicos de laboratorio y atención hospitalaria durante el embarazo, el parto, el puerperio y las emergencias obstétricas. ARTICULO 5 (RED DE SERVICIOS PARA LA PRESTACION MEDICA).- 2. Recién nacidos y niños menores de cinco años: Recibirán asistencia médica, I. farmacéutica y hospitalaria correspondiente, en los casos de Enfermedades La asistencia prevista en el artículo 2do. del presente Decreto Supremo, será prestada Diarréicas Agudas (EDA) e Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) clasificadas obligatoriamente por todos los Centros de Salud Pública y de la Seguridad Social, así como neumonías. como por los centros de salud que siendo dependientes de Organismos No Gubernamentales y de la Iglesia, ingresen al Sistema de Seguro mediante convenio específico. II. Para que las.mujeres y los niños sean beneficarios del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. el Municipio. en el cual residan las personas aseguradas. deberá adscribirse al II. Los directores. responsables y funcionarios de los Centros de Salud Pública y de la Seguridad Seguro mediante Convenio suscrito entre el Gobierno Municipal y la Secretaría Social que no atiendan esta obligación serán exoncrados de sus cargos y pasibles a las Departamental de Desarrollo Humano a través de la Dirección Departamental de Salud, demás sanciones de ley. homologado por la Secretaría Nacional de Salud. III. Los Gobiernos Municipales podrán establecer Mancomunidades para la prestación de ARTICULO (PARTICIPANTES).- servicios del Seguro Nacional de Maternidad y' Niñez. con el objeto de garantizar la prestación de atenciones médicas, en el marco de la Red de Servicios. I. Participan en la gestión del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez: la Secretaría Nacional de Salud. las Prefecturas, los Gobiernos Municipales y las Cajas de Salud. ARTICULO6.- (ADMINISTRACION DELSEGURO).- administración del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez estará a cargo del Directorio Local de Salud (DILOS) del respectivo Municipio. II. La Iglesia y los Organismos No Gubernamentales. a través de sus servicios de salud. ingresarán al Sistema de Seguro en cumplimiento a lo previsto en el D.S. 24237 del ARTICULO (INSUMOS). El Ministerio de Desarrollo Humano a través de la Secretaría Sistema Público de Salud. Nacional de Salud. establecerá mediante Resolución Ministerial. el valor de los insumos, suministros y medicamentos para cada atención médica del Seguro. que se aplicará obligatoriamente como reposición por las atenciones que se ARTICULO 4.- (FINANCIAMIENTO)- El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez se realicen en las diferentes instituciones encargadas del otorgamiento de las prestaciones. Las Cajas de Salud percibirán financiará de la siguiente manera: las reposiciones sólo cuando estén referidas a las atenciones de pacientes no asegurados en las instituciones de la Seguridad Social. I. Recursos del Tesoro General de la Nación: ARTICULO 8. (MODALIDAD DE PAGO).- 1. Los gastos de la partida presupuestaria 10.000 (Servicios Personales) 1. Los Directorios Locales de Salud (DILOS) autorizarán el pago de las atenciones prestadas correspondientes al personal de salud pública que prestará los servicios de este por los Centros de Salud. en base a los valores establecidos, de conformidad a lo previsto seguro. estarán comprendidos en las planillas que financia el Tesoro General de en el artículo precedente, con cargo a la subcuenta señalada en el artículo 4 del presente la Nación en virtud de la Ley 1654 artículo 5 inciso g). hasta el monto consignado Decreto Supremo, sin costo alguno para el usuario. para este propósito en el Presupuesto General de la Nación 2 3 Clinton Presidential Records Digital Records Marker This is not a presidential record. This is used as an administrative marker by the William J. Clinton Presidential Library Staff. This marker identifies the place of a publication. Publications have not been scanned in their entirety for the purpose of digitization. To see the full publication please search online or visit the Clinton Presidential Library's Research Room. Nº 16 INFORMA Septiembre 1996 S N S SECRETARIA NACIONAL DE SALUD BOLETIN DE LA SECRETARIA NACIONAL DE SALUD Sistema Público de Salud Dr. Javier Torres Goitia Caballero (*) El proceso de Reforma del Sector Salud se inicia en Bolivia en 1994 con los GIVEN mecanismos que desarrolla la Secretaría Nacional de Salud para adaptarse a las profundas y positivas Reformas Sociales que lleva adelante el Gobierno del BEEN them Lic. Gonzalo Sánchez de Lozada. La Ley de Participación Popular produce de hecho una descentralización tanto administrativa como de recursos económicos hacia los Gobiernos Municipales, proceso que afecta positivamente y en forma directa al sector salud ya que, para 1996, entrega la infraestructura y el equipamiento y les da la potestad de administrar los recursos económicos de generación local y les traspasa Bs 796.418.992 (Setecientos noventa y seis millones, cuatrocientos diez y ocho mil con novecientos noventa y dos bolivianos) por cuenta de la Coparticipación Tributaria. Además que se les transfiere los impuestos a Renta Presunta de Propietarios de Bienes que son el impuesto a la propiedad rural, impuesto a los inmuebles urbanos, vehículos automotores, motonaves y aeronaves y las patentes e impuestos establecidos por Ordenanza Municipal de conformidad a lo previsto por la Constitución Política del Estado. Simplemente como dato referencial en relación sólo a la Coparticipación Tributaria, en 1993 el dinero distribuido ascendió tan sólo a Bs 222,716,199 frente a los casi Bs 800.000.000 distribuidos en la gestión 1996. El mecanismo de distribución de la Coparticipación Tributaria es por capitación a cada territorio municipal. La Ley de Participación Popular incorpora a los Gobiernos Municipales como instancias locales en la administración sanitaria. La Ley de Descentralización Administrativa incorpora a las Prefecturas como instancias delegadas del nivel Central en la Administración de la Salud Pública. La Prefectura, a través de la Dirección Departamental de Salud, conduce el Proceso Salud-Enfermedad en nivel está constituido por los Directorios Locales de Salud (DILOS) en cuya cada Departamento de su jurisdicción. El Sistema Público de Salud (SPS) conformación está como presidente de ellos el Honorable Alcalde Municipal 0 (D.S.24237) genera una novedosa estructura administrativa sanitaria a nivel su representante, un representante de la Prefectura del Departamento que por Prefectural y a nivel Municipal adaptándose a la Ley de Participación Popular y lo general es un funcionario de las DIDES, ya que debe ser el encargado de la de Descentralización Administrativa. parte técnica del DILOS, y la comunidad organizada del territorio municipal. Esta La estructura se divide en tres niveles de gestión. Uno, el Nacional, representado gestión tripartita busca unir las tres instancias que hacen al funcionamiento del por la Secretaria Nacional de Salud cuya función es la de normar, reglar y sistema, el Gobierno Municipal que aporta con la infraestructura, el equipamiento, conducir el SPS, además de vigilar y evaluar la aplicación de las políticas de los recursos de generación local y los recursos de la coparticipación tributaria salud en todo el territorio nacional. Estas funciones de normatización le dan a y algunos Recursos Humanos, la Prefectura Departamental que aporta con los esta instancia la postestad de definir prioridades nacionales en salud tanto Recursos Humanos, las políticas y programas de salud, el cofinanciamiento para prográmaticas como operativas. Esto rompe en forma definitiva la aplicación el funcionamiento de estos, la capacitación, información y educación y las vertical de Planes y Programas que en los años pasados no ha logrado incidir Organizaciones Populares de Base que aportan con la sistematización de las positivamente sobre el proceso salud enfermedad del pueblo de Bolivia. necesidades básicas en Salud y Desarrollo Humano, además con el proceso de El segundo nivel de gestión es el Prefectural representado por la Dirección fiscalización en el cumplimiento de los Planes y Políticas de Salud en un Departamental de Salud (DIDES) dependiente de la Secretaría Departamental determinado territorio municipal. de Desarrollo humano, Este nivel tiene como función prioritaria aplicar las En este nivel, los DILOS, son fundamentalmente operativos, pero también, y quizá políticas de salud, las estrategias generales, planes, programas nacionales y lo más importante del cambio, es que a este nivel se realiza la Planificación proyectos especiales en el ámbito departamental. Tiene la obligación de generar Participativa donde se pretende unir la demanda sentida por la población con la y administrar Redes de Servicios que permitan, en forma real y práctica, oferta programada y así tener un producto que sea la respuesta local al proceso incrementar la accesibilidad de la población a los Servicios de Salud teniendo salud-enfermedad. Asi pues el Sistema Público de Salud estructura niveles como único requisito la presencia de establecimientos de primer y segundo nivel técnicos, administrativos y políticos en salud en forma descentralizada y participativa. de complejidad en uno 0 varios territorios municipales completos. Para este fin El motor del Sistema radica en los DILOS que son los que recogen la Planificación la DIDES creará Unidades de Gestión Sectorial en el número que cada Local y Participativa, la proyectan a niveles superiores para su sistematización departamento decida para conducir las Redes de Servicios que se creen en su y nuevamente la reciben para su ejecución. jurisdicción Departamental. Estas Unidades asesorarán en lo técnico. Todo este proceso de transformación ha dado inicio La Dirección Departamental de Salud tiene a su cargo la Unidad de Gestión a la reforma del Sector Salud que, a diferencia de otros Sectorial que es una instancia técnica en salud que sirve de apoyo al desarrollo paises, Bolivia lo plantea como consecuencia de la de los programas y políticas de salud. Esta instancia técnica, supervisa y genera transformación estructural del Estado y del inicio de sistemas y subsistemas de apoyo al funcionamiento del Sistema Público de una Revolución Social Democrática planteada por el Salud, además es la encargada de generar calidad de atención con todos sus Gobierno del Lic. Gonzalo Sánchez de Lozada, Excmo. componentes, entendiendo por calidad no sólo la prestación del servicio 0 Presidente Constitucional de la República. consulta sino el proceso de generación de salud en un determinado territorio con participación activa de la colectividad. BOLIVIA El tercer nivel de gestión es el más novedoso y el que transforma sustancialmente (*) Subsecretario Nacional de Salud LANUEVA Secretaria Nacional de Salud al Sector Salud. Este nivel de gestión tiene base en el territorio municipal y es Ministerio de Desarrollo Humano Suciedad aquí donde se practica la Gestión Compartida con Participación Popular. Este Clinton Presidential Records Digital Records Marker This is not a presidential record. This is used as an administrative marker by the William J. Clinton Presidential Library Staff. This marker identifies the place of a publication. Publications have not been scanned in their entirety for the purpose of digitization. To see the full publication please search online or visit the Clinton Presidential Library's Research Room. № 17 Septiembre INFORMA 1996 SNS SECRETARIA NACIONAL DE SALUD BOLETIN DE LA SECRETARIA NACIONAL DE SALUD Seguro Nacional de & Maternidad y Niñez Mario Galindo Soza El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez ya está y seguimiento del Seguro, el llenado de formularios en marcha. Se han realizado más de 110.000 y otros procedimientos administrativos, atenciones en tres meses, lo que representa un administración de medicamentos, procedimientos promedio de incremento de casi un 50% con de administración hospitalaria, procedimientos de relación a este tipo de prestaciones, antes de la admistración de los DILOS y ampliación del Sistema implementación del seguro. de Información Gerencial, todos ellos referidos al Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. Los lógicos problemas de un inicio de programa, han exigido ajustes, necesarios en este período, La dinámica con que se está desarrollando el para que el Seguro pueda enfrentar los mismos. Seguro Nacional de Maternidad y Niñez obliga a Estos problemas son en unos casos, generados que estas normas se realicen con cierta por el propio Seguro, pero en otros arrastrados periodicidad. En todo caso las actualmente emitidas de tiempo anterior, y responden a causales son imprescindibles y permiten que el Seguro se estruturales. aplique, de tal manera que amplía la cobertura y mejora la calidad de las atenciones: siempre bajo En todo caso, para todos estos temas, el Seguro el principio de reducir en el corto plazo, la ha ido generando dinámicamente respuestas, de mortalidad materno infantil, a un ritmo más carácter normativo, tal como señalan las Leyes acelerado de Participación Popular y Descentralización Administrativa, que contemplan para el nivel central de gobierno este tipo de acción normativa. Esta normativa se halla referida a aspectos puntuales del Seguro, y se ha traducido en seis Director Nacional- Seguro Nacional BOLIVIA instructivos del Seguro Nacional de Maternidad y de Maternidad y Niñez. LA NUEVA Niñez. Estos tocan aspectos relativos al monitoreo Subsecretaría de Seguros Médicos Resolución Secretarial N° 0565 del 1° de Julio 1996 A DE Cuando el Establecimiento de Salud efectúe un cobro referente al inciso e), deberá adjuntar la receta recibo y detallar los insumos y medicamentos utilizados para cada caso de acuerdo a los costos desglosados incluidos en en el Anexo del presente instrumento legal. ARTICULO 5.- (Valor de los Insumos para atención de recién nacidos y niños menores de 5 años) Se fija el valor de los paquetes de insumos para la atención de salud en el caso de los recién nacidos y niños menores de cinco años, de acuerdo al siguiente detalle: a) Atención del recién nacido patológico Paquete de Ictericia Patológica del recién nacido Bs 15.- Paquete de recién nacido con sufrimiento fetal (Asfixia) Bs 35.- b) Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) Paquete ambulatorio de Neumonía (Niños de 2 meses a menores de 5 años) Bs 2.- Paquete hospitalario de Neumonía/Sepsis (Niños menores de 2 meses) Bs 85.- Paquete hospitalario de Neumonia (Niños de 2 meses a menores de 5 años) Bs 100.- c) Enfermedades Diarrélcas Agudas (EDA) Paquete ambulatorio de Diarrea Bs 2.- Paquete hospitalario de Diarrea Bs 25.- ARTICULO 6.- (Valor de Insumos para análisis de laboratorio y Rayos X) VISTOS Y CONSIDERANDO: Se fija el valor de los paquetes de insumos para los análisis de laboratorio y Rayos X, de Que se debe establecer el valor de los insumos, sumistros y medicamentos del Seguro Nacional acuerdo al siguiente detaile: de Maternidad y Niñez, que serán financiados por los Fondos Locales Compensatorios de Grupo Sanguineo y RH Bs 2.- Salud, dando cumplimiento al art. 7 del Decreto Supremo Nº 24303 de 24 de mayo de 1996 Hemograma (Incluye hemoglobina) Bs 2.- y al art. 17 de la Resolución Ministerial 093/96 de 27 de Junio de 1996; Examen parcial de orina (Fisico-quimico) Bs 2.- Por tanto, VDRL 0 RPR Bs 2.- La Secretaria Nacional de Salud, en uso de sus atribuciones conferidas en la Ley de Ministerios Glicemia Bs 2.- del Poder Ejecutivo, su Decreto Reglämentario y de los Decretos Supremos Nº 24134, 24237 Rayos X de Tórax en niños (Postero anterior) Bs 10.- y 24303; Los exámenes de laboratorio serán realizados en la primera consulta prenatal. RESUELVE: ARTICULO 7.- (Composición de los Paquetes de Insumos) ARTICULO 1.- (Paquete de Insumos) El costo de los paquetes referidos en los artículos precedentes incluye los insumos, sumistros, Se entiende por Paquete de insumos al conjunto de insumos, sumistros y medicamentos medicamentos y análisis de laboratorio detallados en el Anexo I de esta norma jurídica. necesarios e imprescindibles para llevar a cabo la atención de una determinada prestación en el marco del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, de conformidad a las normas y ARTICULO 8.- (Prestaciones no cublertas) procedimientos vigente establecidos por la Secretaria Nacional de Salud. El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, no cubrirá patologías pre-existentes al embarazo, ARTICULO'2.- (Modalidad de pago) cuidados especiales al recién nacido prematuro, ni malformaciones congénitas. El valor de los paquetes de insumos definidos en el articulo anterior será pagado a los ARTICULO 9.- (Valor de los Insumos) Establecimientos de Salud que hayan prestado el servicio, de manera indivisible y mensualmente, con cargo a los recursos del Fondo Local Compensatorio de Salud. La Secretaria Nacional de Salud realizará ajustes periódicos en el valor de los insumos, de acuerdo a variables relacionadas al costo de los repectivos insumos, medicamentos y ARTICULO 3.- (Unlformidad de pago) suministros comprendidos en el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. El valor de los insumos definido en la presente Resolución Secretarial entra en vigencia Registrese, hágase saber y archivese obligatoria desde el 1ro. de julio de 1996, tanto para los establecimientos de la Salud Pública como de las Cajas de Salud y aquellas instituciones que se incorporen al Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. Dr. Javier Torres Goitia C. Dr. Oscar Sandóval Morón ARTICULO 4.- (Valor de los Insumos para maternidad) SUBSECRETARIO DE SALUD SECRETARIO NACIONAL DE Se fija el valor de los paquetes de insumos para la atención de salud en el caso de maternidad, SALUD de acurdo al siguiente detaile: a) Atención Prenatal.- ESTRATEGIA NACIONAL DE SALUD REPRODUCTI Paquete prenatal normal que incluye cuatro consultas prenatales. Con un costo total Bs. 5.- MARZO 1996 El valor de los insumos para la atención prenatal será pagado una vez realizada la cuarta consulta. b) Atención de Parto y atención al recién nacido sano.- Paquete de atención de parto vaginal Bs 35.- c) Cesárea y atención al recién nacido sano.- Paquete de Cesárea Bs 220.- d) Atención Post-Parto (Puerperlo).- Paquete de atención Post-Parto Bs 2.- e) Atención de emergencías obstétricas. Paquete de Amenaza parto prematuro Bs 250.- Paquete de Hemorragia tercer trimestre Bs 110.- Paquete de Pre-eclampsia Bs 55.- Paquete de Eclampsia y Pre-eclampsia severa Bs 100.- Paquete de Hemorrogia Puerperal Bs 25.- Paquete de Infección Puerperal/Sepsis Bs 210.- 15-1 DIRECCION DEL SISTEMA Agradecimiento especial a Salud PUBLICO DE SALUD UNICEF por la cooperación para la publicación del SECRETARIA NACIONAL presente Boletín y a OPS/OMS DE SALUD por la cooperación técnica. Plaza Franz Tamayo s/n Casilla № 13661, Teléfonos: 375475 Interno 410 Fax: 391590 La Paz, Bolivia RESOLUCION MINISTERIAL contingencias cubiertas, su financiamiento, la red 24303, en sus cinco capítulos y veintidos artículos, No. 093/96 de servicios, su administración, el valor de los que se detallan a continuación: insumos, las sanciones previstas y disposiciones La Paz, 27 de junio de 1996 transitorias que señalen de forma explícita los derechos y obligaciones de los participantes y beneficiarios. CAPITULO PRIMERO VISTOS Y CONSIDERANDO: POR TANTO: PERSONAS ASEGURADAS Y Que mediante Decreto Supremo No. 24303 de 24 CONTINGENCIAS CUBIERTAS El Ministerio de Desarrollo Humano, en uso de sus de mayo de 1996, se creó el Seguro Nacional de atribuciones conferidas en la Ley de Ministerios Maternidad y Niñez, encargado de otorgar del Poder Ejecutivo y su Decreto Reglamentario; ARTICULO 1 asistencia médica a la mujer y al niño. (Personas Aseguradas) RESUELVE: Que es necesario establecer la reglamentación al Decreto Supremo No. 24303 de 24 de mayo de I. Para los efectos del Decreto Supremo 24303, ARTICULO UNICO: 1996, que crea el Seguro Nacional de Maternidad las personas aseguradas serán las mujeres y Niñez en los aspectos relacionados al alcance y gestantes y niños menores de cinco años, que Apruébase el Reglamento al Decreto Supremo residen en los Municipios que hubieren suscrito el Convenio de Adscripción consignado en el artículo 2 Numeral II. II. Los Gobiernos Municipales que no suscribieron el Convenio al 30 de junio de 1.996, podrán hacerlo posteriormente en base al articulo 10 del D.S. 24303. III. La población de los Municipios que no suscribieron el Convenio, contará con la atención de salud prevista en el D.S. 24303. Las políticas de cubriendo por su cuenta los costos salud que establecidos en la presente Resolución. sustenta el Gobierno ARTICULO 2 Nacional, están (Contingencias cublertas) orientadas a mejorar las I. La asistencia de salud estipulada en el artículo condiciones de 2 del Decreto Supremo No 24303, para el vida y de salud de caso de maternidad, se realizará en todos los toda la población Establecimientos de Salud y Hospitales del boliviana. Sistema Público de Salud y estará sujeta a SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD Y NIÑEZ Pag. 3 Salud Normas y Procedimientos de la Secretaría Nacional de Salud. Esta asistencia comprende lo siguiente: a) Atención Prenatal.- El control prenatal se realizará a toda mujer embarazada que solicite este servicio. La atención de todo embarazo comprende: cuatro consultas prenatales, que incluyen asistencia médica y de enfermería además de la entrega de La Primera Dama sulfato ferroso, ácido fólico y vacunación de la Nación, Sra. con toxoide tetánico de acuerdo al Ximena de Sánchez esquema del Programa Ampliado de de Lozada, viene Inmunizaciones. En la primera consulta se participando realizarán los siguientes exámenes de activamente en los laboratorio: Hemograma, Hemoglobina, programas de Grupo sanguíneo, RH, Parcial de orina, salud, priorizando VDRL y Glicemia. la atención de las mujeres y los b) Atención Prenatal por Embarazo con niños. Riesgo Obstétrico.- Además de lo señalado en el inciso a), para la atención prenatal por embarazo con riesgo obstétrico se realizarán las acciones a) Enfermedades Diarréicas Agudas (EDA).- IV. El Seguro Nacional de Maternidad y Niñez no Las enfermedades diarréicas se tratarán de cubrirá patologías pre-existentes al embarazo, descritas en los protocolos de atención conformidad a las Normas Nacionales. En obstétrica, que responden a las Normas ni malformaciones congénitas. Nacionales. casos de deshitratación leve 0 moderada, en los cuales solo se necesita tratamiento ARTICULO 3 c) Atención de Parto Normal.- Esta ambulatorio, se recurrirá a la terapia de (Acceso al Seguro) prestación se llevará a cabo, rehidratación oral administrada tanto a nivel independientemente de que las mujeres comunitario como institucional. I. El acceso al Seguro será a través de los embarazadas hayan realizado 0 no el En los casos de deshidratación severa el Establecimientos de primer nivel de atención los control prenatal respectivo. Dicha atención tratamiento necesariamente se realizará que extenderán un Carnet de Asegurado para comprenderá asistencia médica, administración de anestesia local, en los centros de internación, donde se cada persona que acuda por primera vez al suturas, occitócicos y analgésicos. En realizará la reposición de líquidos en forma Establecimiento de Salud a recibir atención, en caso de requerirse reposición de sangre parenteral hasta la recuperación del niño. el marco del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. Este carnet deberá presentarse se realizará según lo estipulado en las b) Infecciones Respiratorias Agudas (IRA).- posteriormente, para cualquier otra atención, en Normas Nacionales. La atención que se brindará en el caso cualquier Municipio adscrito al Seguro. d) Atención de Parto Vaginal de Alto de las infecciones respiratorias agudas, Riesgo.- Se realizará en los complicadas con neumonía, se debe II. El acceso a los hospitales será a través de la Establecimientos de Salud de la red de realizar a través de tratamiento referencia de pacientes por los servicios, que tengan capacidad de ambulatorio u hospitalario de acuerdo a establecimientos de primer nivel de atención, resolución obstétrica. La misma contempla la gravedad del caso, en conformidad a excepto en los casos de emergencias donde atención médica, de enfermería, normas nacionales. la atención será Inexcusable y el pago por las atenciones corresponderá a lo previsto en el administración de anestesia, sueros, El tratamiento ambulatorio se realizará en art. 1. del presente reglamento. suturas, occitócicos y analgésicos. La base a cotrimoxazol y paracetamol, hasta reposición de sangre y el suministro de III. Las personas que procedan de otro Municipio, la recuperación del paciente. otros medicamentos se realizará según los deberán acreditar su residencia mediante la protocolos de atención obstétrica, que El tratamiento hospitalario se realizará en presentación del Carnet de Asegurado, en el responden a Normas Nacionales. base a normas y procedimientos que se consigna el Municipio de origen. De establecidos por la Secretaría Nacional de esta manera, el Directorio Local de Salud e) Cesárea.- La operación cesárea se Salud. Las atenciones de menores de dos (DILOS) del Municipio que preste las realizará de acuerdo a las indicaciones meses, con neumonía, sepsis y/o atenciones podrá solicitar al Municipio de establecidas en los protocolos de meningitis se realizará en base origen, el reembolso por el servicio prestado. atención obstétrica, conforme a Normas mendicamentos de primera línea. Nacionales. ARTICULO 4 III. La atención al recién nacido se realizará f) Puerperio.- La atención del puerperio (Establecimientos de Salud de la Iglesia durante la primera semana y comprende las normal, incluye los cuidados generales siguientes prestaciones: y Organismos no Gubernamentales) inmediatos al parto, un control post-natal después de siete días, consejería en a) Atención del reclen nacido normal.- Esta Los convenios que suscriban los Directorios salud reproductiva y servicios de atención implica, los cuidados inmediatos Locales de Salud con la Iglesia y los Organismos planificación familiar. En puerperios con y mediatos al nacimiento, incluyendo No Gubernamentales (ONG's); para participar en presencia de patologias, se atenderán valoración y vigilancia del recién nacido, el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, deberán según protocolos establecidos. profiláxis ocular y del cordón umbilical, sujetarse a las normas establecidas en el presente administración de vitamina K y Reglamento, sin perjuicio de incorporar otros g) Emergencias Obstétricas.- Toda mujer apegamiento precoz al seno materno. alcances de rigor y cláusulas de estilo; asimismo embarazada con o sin control prenatal, en deberan indicar el área geográfica específica dentro trabajo de parto o no, que presente una b) Vacunaclón.- El recién nacido deberá ser del Municipio. complicación del mismo 0 tenga una vacunado antes de ser dado de alta, con patología obstétrica asociada, deberá la vacuna BCG y anti-poliomelitica, de recibir de inmediato la atención necesaria. conformidad a normas del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI). CAPITULO SEGUNDO II. La asistencia médica estipulada en el artículo 2 del Decreto Supremo No 24303, para el c) Atención del recién nacido con caso de recién nacidos y niños menores de 5 patología.- Comprende reanimación FINANCIAMIENTO años, se realizará en todos los neonatal, atención de ictericia y sufrimiento Establecimientos de Salud y Hospita les del fetal, de acuerdo a normas nacionales. ARTICULO 5 Sistema Público de Salud y se sujetará a lo d) Prematuréz y Peso bajo.- La recuperación (Personal) establecido en las Normas Nacionales. Esta del prematuro se realizará mediante la asistencia médica comprende lo siguiente: técnica de "madre canguro". I. Para el financiamiento de los Recursos Pag. 4 SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD Y NIÑEZ Salud Humanos del Sistema Público de Salud para Básicos de Salud y Fortalecimiento Institucional del CAPITULO TERCERO el Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. el Sector (PSF), el Proyecto de Salud Infantil y Tesoro General de la Nación realizará la Comunitario (CCH), asi como, los programas y programación presupuestaria, destinada a proyectos financiados por UNICEF UNFPA, OPS- ADMINISTRACION DEL SEGURO cubrir los items de personal de la partida OMS y otros organismos de cooperación, 10.000, para personal médico, paramédico y adecuarán su cooperación técnica y financiera y ARTICULO 10 administrativo del Sistema Público de Salud, asignarán recursos para financiar los gastos de (Dirección del Seguro Nacional de que preste atenciones en el marco del Seguro infraestructura, equipamiento, capacitación, Nacional de Maternidad y Niñez. seguimiento y evaluación del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez) Maternidad y Niñez, dentro del marco de los Estas partidas serán consignadas en el Se crea la Dirección del Seguro Nacional de convenios en actual vigencia y la normatividad Presupuesto Anual de la Prefectura de cada establecida por la Secretaría Nacional de Salud. Maternidad y Niñez, dependiente de la Sub Departamento, en la Secretaria Departamental Para este efecto, se establece la conformación de Secretaría de Seguros Médicos de la Secretaría de Desarrollo Humano y su Dirección un Comité Interagencial de Cooperación. Nacional de Salud, encargada de normar, regular, Departamental de Salud correspondiente. realizar seguimiento y evaluar la aplicación del II. Para una eficiente utilización de los Recursos ARTICULO 9 Seguro Nacional de Maternidad y Niñez en el ámbito del territorio nacional. Humanos del Sistema Público de Salud y con (Medicamentos) el propósito de garantizar las prestaciones del ARTICULO 11 Seguro Nacional de Maternidad y Niñez. los Para asegurar la disponibilidad continua y el uso DILOS gestionarán ante las autoridades de racional de medicamentos e insumos necesarios (Administración) Salud de la Prefectura, la reasignación del para las prestaciones del Seguro, deberá personal de su jurisdicción en base a las considerarse lo siguiente: 1. La administración del Seguro estará a cargo de los DILOS a traves de la estructura Políticas dictadas por la Secretaría Nacional I. Los medicamentos e insumos a emplearse en administrativa de los Establecimientos de de Salud. Estas reasignaciones no podrán comprender variaciones en el presupuesto las prestaciones del seguro se encuentran Salud y los Gobiernos Municipales. programado de cada gestión fiscal, en la detallados en Resolución Secretarial expresa, partida de servicios personales. debiendo utilizarse para su prescripción II. El procedimiento administrativo se inicia con obligatoriamente el Recetario Recibo. la prestación del servicio a los asegurados en III. En caso necesario, las Cajas de Salud podrán los Establecimientos de Salud, donde se En caso de ser necesaria alguna modificación realizará el control de la documentación de los modificar su Presupuesto para cubrir modificaciones y nuevos items de personal en la lista de medicamentos seleccionados pacientes y la liquidación del costo de los médico y para médico no administrativo, que para la atención del Seguro Nacional de servicios. Cada Establecimiento enviará se requiera específicamente para atender las Maternidad y Niñez se deberá emitir mensualmente al DILOS una factura con la prestaciones otorgadas por el Seguro Nacional necesariamente una nueva Resolución documentación consolidada correspondiente a de Maternidad y Niñez. Secretarial. todas las atenciones del mes, y luego de la verificación respectiva, el DILOS emitirá la II. Los establecimientos de la Salud Pública y las ARTICULO 6 autorización y orden de pago, que se hará Cajas de Salud, adquirirán los medicamentos efectiva a través de los mecanismos (Infraestructura y Equipamiento) e insumos del Seguro Nacional de Maternidad administrativo contables del Municipio,en un y Niñez, de la Central de Abastecimiento y plazo no mayor a treinta dias'a partir de la Los requerimientos en infraestructura y Suministros (CEASS) a través de las Unidades recepción de la factura y sujeto a las normas equipamiento para los Establecimientos de Salud Regionales de Suministros (URES), pudiendo contenidas en el Sistema de Administración de los Municipios adscritos al Seguro Nacional sólo en casos de mejor opción económica y/ Financiera y Control Gubernamental. de Maternidad y Niñez, serán determinados por O falta de disponibilidad, recurrirse a otros los DILOS y gestionados ante el Gobierno Municipal proveedores acreditados de acuerdo a lo III. En caso de que los DILOS sobrepasen el plazo en cuanto a refacción, remodelación, reparación, establecido por la Resolución Suprema No. de pago de servicios facturados, los ampliación y modernización, asi como renovación 216145 Establecimientos podrán suspender los y mantenimiento de equipos. servicios, responsabilizándose a los III. La programación, adquisición, abastecimiento, funcionarios que hubiesen incurrido en ARTICULO 7 distribución y suministro en general de negligencia administrativa. medicamentos e insumos se regirá de acuerdo (Capacitación) al "Reglamento del Sistema de Suministros" ARTICULO 12 y al "Manual de Normas y Procedimientos 1. Los programas de capacitación requeridos en Técnicos del Sistema Nacional de (Funciones de los Establecimientos de los establecimientos de salud de los Suministros" de la CEASS, priorizando el Uso Municipios adscritos al Seguro Nacional de Salud) Racional de Medicamentos de acuerdo a Maternidad y Niñez, destinados al personal normas establecidas y al Programa Nacional Los Establecimientos de Salud de la Salud Pública, médico y paramédico, para su actualización en de Medicamentos Esenciales de Bolivia las atenciones previstas por el Seguro e la Seguridad Social y los de la Iglesia y ONGs que (PNMEBOL). intercambio de experiencias y conocimientos ingresen al sistema, estarán encargados de brindar locales, serán determinados para la gestión 1.996, por la Secretaria Nacional de Salud y operativizados a traves de las DIDES en coordinación con las Administraciones Regionales de las Cajas de Salud. Estos programas se realizarán a partir del segundo semestre de 1.996. II. Para la gestión 1.997 y subsiguientes, los El Seguro de DILOS en coordinacion con las Administra- Maternidad y Niñez ciones Regionales de las Cajas seran los pretende reducir de responsables de evaluar la capacitación manera sustancial impartida y establecer las necesidades de los índices de nuevos ámbitos de capacitación. mortalidad materna e infantil. El ARTICULO 8 Secretario Nacional de Salud, Dr. Oscar (Créditos y contribuciones de origen Sandóval Morón externo) participa activamente en las El Proyecto Integrado de Servicios de Salud campañas de (PROISS), el Programa Integrado de Servicios vacunación. SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ Pay. 5 Salud la atención de salud prevista en el Art. 2 del DS. 24303 de acuerdo a normas nacionales en vigencia y lo reglamentado en la presente Resolución Ministerial. El Establecimiento de Salud realizará las siguientes acciones: 1.- Consignar los datos generales de cada asegurado en el Libro de Registro de Asegurados del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez, asignando el número de Historia Clínica respectivo. Autoridades de la Secretaria Nacional 2.- Enviar mensualmente al DILOS un reporte de de Salud y los asegurados que hayan sido registrados representantes de durante el mes, para permitir el control organismos respectivo. internacionales comprometidos con 3.- Otorgar el Carnet de Asegurado, que será el el Seguro Nacional documento de identificación de los usuarios de Maternidad y que facilite el acceso a los servicios del Niñez. Seguro. 4.- Elaborar la Historia Clínica de cada paciente de acuerdo a Normas Nacionales y 2.- Verificar la veracidad de las prestaciones el Establecimiento de Salud, para el cobro mantenerlas en un Archivo actualizado. otorgadas, determinando la correcta aplicación respectivo. de las normas reglamentadas. 5.- Brindar la atención de salud o referir a un ARTICULO 15 Servicio de nivel superior de la red, cuando el 3.- Autorizar mensualmente el pago de las paciente requiera una atención de mayor prestaciones otorgadas en cada (Impuestos) complejidad. Establecimiento de Salud, emitiendo la La Secretaría Nacional de Hacienda emitirá los Resolución de Pago de Servicios que autorice 6.- Elaborar la liquidación de costo de servicios, el desembolso de fondos con cargo a la Sub certificados de crédito fiscal, para el pago de verificando las atenciones prestadas a cada Cuenta "Fondo Local Compensatorio de impuestos de acuerdo a lo establecido en el paciente, de acuerdo a la Lista de Costos Salud". artículo 8 numeral III del Decreto Supremo No actualizados, establecida por Resolución 24303, en base a las facturas de las atenciones Secretarial. Para el efecto se llenará el Para el mejor cumplimiento de sus labores. el realizadas que serán declaradas por el Formulario de "Hoja de Costo de Servicios", DILOS podrá contar con el apoyo técnico de un Establecimiento de Salud, en los formularios el cual formará parte de la documentación Representante de los Establecimientos de Salud respectivos a la Dirección de Impuestos Internos acumulada que respalde la Factura Oficial del que participen localmente en el Seguro. de su jurisdicción. Establecimiento de Salud por el costo de las atenciones realizadas durante el mes. ARTICULO 14 ARTICULO 16 (Funciones de los Goblernos (Compensación) 7.- Remitir al DILOS para su cobranza los siguientes documentos: Municipales) EI saldo de la sub-cuenta del Fondo Local 7.1. La factura correspondiente a todas las Para el funcionamiento administrativo contable del Compensatorio de Salud al 31 de diciembre de atenciones del mes. Seguro, los Gobiernos Municipales recibirán la cada año, será reprogramado en el monto del 3% responsabilidad del manejo de la Sub Cuenta del 90% de los recursos de Participación Popular, 7.2. Las Hojas de Costo de Servicios de cada "Fondo Local Compensatorio de Salud", de acuerdo para el mismo fin, en la gestión fiscal siguiente, paciente atendido durante el mes a Resolución expresa del DILOS. En el manteniendo su equivalencia con el 3% del 90% correspondiente. cumplimiento de esta responsabilidad los de los recursos de Participación Popular. Gobiernos Municipales tendrán las siguientes 7.3. El Listado Resúmen de Costos. funciones: ARTICULO 17 8.- Declarar mensualmente los cobros realizados. (Valor de Insumos) 1.- Recibir del DILOS las Resoluciones de Pago a la Dirección de Impuestos Internos de SU de servicios a los Establecimientos de Salud. jurisdicción. utilizando los formularios oficiales En virtud a la facultad atribuida al Ministerio de con la documentación respaldatoria Desarrollo Humano a través del art.7 del D.S. respectivos. para que la Secretaría Nacional respectiva. de Hacienda emita los certificados de crédito 24303, se dispone que la Secretaría Nacional de fiscal. 2.- Preparar los Comprobantes de Pago para cada Salud elabore la respectiva Resolución Secretarial, Establecimiento de Salud. que determine y ponga en vigencia el valor de los 9.- Elaborar mensualmente el Informe de insumos, suministros y medicamentos para cada Actividades del Seguro Nacional de Maternidad 3.- Llevar en forma independiente, los archivos de atención médica del Seguro Nacional de y Niñez, enviando una copia al DILOS, otra a documentos y registros contables necesarios Maternidad y Niñez. la DIDES. para SU consolidadción en el nivel para demostrar el correcto uso de los fondos Departamental y su envio mensual a la administrados. de conformidad a las normas ARTICULO 18 Secretaria Nacional de Salud. legales de la Ley 1178. (Segulmiento Financiero, Técnico y ARTICULO 13 4.- Girar los cheques de pago a los Evaluación) Establecimientos de Salud en el plazo máximo (Funciones de los DILOS) establecido en el Art. 11 del presente I. La Dirección Departamental de Salud (DIDES) reglamento. y los DILOS realizarán seguimiento financiero Los DILOS son la instancia encargada de la gestión y técnico de las atenciones prestadas. Estas compartida con Participación Popular y por tanto 5.- Realizar inspecciones periódicas a los instancias, comprobarán la calidad de atención responsables del control y seguimiento del Seguro Establecimientos de Salud para verificar las prestada en el Seguro Nacional de Maternidad a nivel local, siendo sus funciones en este tema intervenciones realizadas y la corrección de y Niñez. especifico, las siguientes: las facturaciones. Los DILOS realizaran cada mes un balance de 1.- Recibir de los Establecimientos de Salud las 6.- Pagar las facturas de Establecimientos de sumas y saldos de su Fondo Local facturas por las atenciones a los asegurados Salud de otros Municipios, por atenciones Compensatorio de Salud. para establecer el del Municipio, y la documentación señalada en realizadas a pacientes de SU jurisdicción, con seguimiento de los recursos destinados al el Art. 12 numeral 6 del presente Reglamento. copia al DILOS del Municipio al que pertenece Seguro. Asimismo es responsabilidad de las Pag. 6 SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ Salud DIDES la elaboración de un balance de a) Otorgación de una placa de II. En caso de que los DILOS no realizen el pago comprobacion de sumas y saldos reconocimiento que será entregada en de servicios facturados dentro del plazo fijado corespondiente a los Fondos Locales acto público. en el Art. 11 del presente Reglamento. Compensatorios de Salud de los Municipios obligando a los Establecimientos a suspender de su jurisdicción. Una copia de estos b) Becas de capacitación para et personal los servicios, se responsabilizará de este reportes, deberá remitirse mensualmente a la del Establecimiento de Salud. hecho a los funcionarios que hubiesen Secretaría Nacional de Salud. c) Fondos en efectivo para ser destinados a incurrido en negligencia administrativa y serán mejoras en el Establecimiento de Salud. sancionados de acuerdo a normas vigentes en II. Por otra parte la DIDES realizará la evaluación la materia. de la cobertura y calidad trimestralmente y del impacto en forma anual, en los Municipios de ARTICULO 21 III. Para la aplicación de las sanciones señaladas su Jurisdicción.Una copia de estos reportes, (Sanciones) precedentemente en el caso de las Cajas de deberá remitirse a la Secretaría Nacional de Salud, el DILOS debe convocar a la autoridad Salud. I. En los siguientes casos, se establece el marco regional de la Caja correspondiente para jurídico para tipificar las transgresiones a las solicitar la aplicación de la sanción respectiva. ARTICULO 19 normas en vigencia, relativas a la aplicación Un procedimiento similar se debe aplicar para (Atención y Reembolsos a Cajas de del Seguro Nacional de Maternidad y Niñez: los establecimientos de Salud de la Iglesia y Salud) ONGs adscritos al Seguro. a) Cuando et Establecimiento de Salud solicite reembolso por un número de IV. Los reclamos y denuncias pueden ser La atención que se brindará a la población atenciones mayor al comprobado por el realizados por cualquier ciudadano sea o no protegida por el Decreto Supremo No.24303 en DILOS, 0 falsifique la naturaleza de las usuario del Seguro, en forma escrita u oral, los Establecimientos de la Seguridad Social no atenciones el Director del mediante audiencia que el DILOS debe significará la desatención de los asegurados al Establecimiento de Salud y los conceder al reclamante y/o denunciante. El Sistema. responsables. serán sancionados DILOS debe establecer el reglamento para el Las Cajas de Salud percibirán reembolsos del conforme lo establece el artículo 5 procesamiento de las reclamaciones y Fondo Local Compensatorio de Salud solamente Númeral II del Decreto Supremo 24303, denuncias. cuando se trate de atenciones a pacientes no sin perjuicio de las sanciones previstas asegurados. en la Ley 1178 de Sistema de Administración Financiera y Control Gubernamental. CAPITULO QUINTO CAPITULO CUARTO b) Cuando en el Establecimiento de Salud se altere la facturación, el Director del mismo DISPOSICIONES TRANSITORIAS PREMIOS Y SANCIONES y el 0 los responsable(s) de esta alteración, serán sancionados conforme ARTICULO 22 lo establece el artículo 5 Númeral II del ARTICULO 20 (Reprogramación) Decreto Supremo 24303, sin perjuicio de (Premios) las sanciones previstas en la Ley 1178 De acuerdo al art. 10 del D.S. 24303, los del Sistema de Administración Financiera Gobiernos Municipales podrán reprogramar su Plan Con el objeto de promover y estimular el y Control Gubernamental. Operativo Anual de 1.996, presupuestando los mejoramiento de la calidad, calidez y adecuación recursos necesarios para cubrir el aporte al Seguro cultural de la atención en los Establecimientos de c) Cuando el Establecimiento de Salud que corresponde a los meses que restan de la Salud incorporados al Seguro Nacional de rechace pacientes, el personal de salud gestión. Maternidad y Niñez, se crea la distinción "SERVICIO responsable del hecho, será exonerado. DE SALUD AMIGO DE LA MADRE Y EL NIñO ", que de acuerdo al art. 5 numeral II del Decreto Las Cajas de Salud podrán reprogramar sus será otorgada por la Secretaría Nacional de Salud. Supremo 24303. Si, a esta transgresión Presupuestos Anuales del año 1.996, en función el Gobierno Municipal, UNICEF y se añade la negligencia profesional que de los requerimientos específicos que demanden la OPS/OMS a los Establecimientos de Salud que cause daños civiles, el personal de salud las atenciones del Seguro Nacional de Maternidad cumplan con los estándares establecidos. responsable del hecho será sancionado y Niñez. conforme a normas vigentes en la El Premio consistirá en: materia. Registrese. comuniquese y archivese. El Ministro de Desarroilo Humano, Lic. Freddy Teodovich, se ha constituido en el principal impulsor de las políticas de salud en favor de los sectores más necesitados de la población. SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ Pag. 7 Salud Resumen Contingencias cubiertas Nacional de Maternidad y Niñez, de la Central Establecimiento de Salud por el costo de de Abastecimiento y Suministros (CEASS) a todas las atenciones realizadas durante el Mujeres: través de las Unidades Regionales de mes a) Atención Prenatal. Cuatro consultas Suministros (URES), pudiendo en casos de mejor opción económica y/o falta de Remitirán al DILOS para su cobranza la prenatales, factura correspondiente a todas las disponibilidad recurrirse a otros proveedores b) Atención Prenatal por Embarazo con atenciones del mes, acompañando las Hojas acreditados Riesgo Obstétrico. de Costo de Servicios de cada paciente y el La programación, adquisición, Listado Resúmen de Costos c) Atención de Parto Normal abastecimiento, distribución y suministro en Declararán mensualmente los cobros d) Atención de Parto Vaginal de Alto Riesgo general de medicamentos e insumos se regirá de acuerdo al "Reglamento del Sistema realizados, a la Dirección de Impuestos e) Cesárea de Suministros" y al "Manual de Normas y Internos de su jurisdicción Procedimientos Técnicos del Sistema Elaborarán mensualmente el Informe de f) Puerperio Nacional de Suministros" de la CEASS, Actividades del Seguro Nacional de g) Emergencias Obstétricas Maternidad y Niñez. Administración Niños: Los DILOS: El procedimiento administrativo resumido es a) Enfermedades Diarréicas Agudas (EDA) el siguiente: Recibirán de los Establecimientos de Salud b) Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) las facturas por las atenciones a los Los Establecimientos de Salud: asegurados del Municipio c) Atención del recien nacido normal Prestarán servicio a los asegurados Verificarán la veracidad de la prestación de d) Vacunación Controlarán la documentación de los servicios e) Atención del recién nacido con patología.- pacientes Autorizarán mensualmente el pago de las Consignarán los datos generales de cada prestaciones otorgadas en cada f) Prematuréz y Peso bajo.- asegurado en el Libro de Registro de Establecimiento de Salud, emitiendo la orden Créditos y contribuciones de origen Asegurados del Seguro Nacional de de pago, externo Maternidad y Niñez Los Goblernos Municipales: El (PROISS), el PSF), el CCH), UNICEF Asignarán el número de Historia Clínica UNFPA, OPS-OMS y otros organismos de respectivo Recibirán del DILOS las Resoluciones de Pago de servicios a los Establecimientos de cooperación, adecuarán su cooperación Enviarán mensualmente al DILOS un reporte Salud técnica y financiera y asignarán recursos para de los asegurados que hayan sido registrados financiar los gastos de infraestructura, durante el mes Prepararán los Comprobantes de Pago para equipamiento, capacitación, seguimiento y cada Establecimiento de Salud evaluación del Seguro Nacional de Otorgarán el Carnet de Asegurado Maternidad y Niñez, trabajando Verificarán periódicamente la veracidad de la Elaborarán la Historia Clínica de cada coordinadamente en el Comité Interagencial prestación de servicios paciente manteniéndolas en un Archivo de Cooperación. actualizado Llevarán en forma independiente, los archivos Medicamentos Referirán a un Establecimiento de nivel de documentos y registros contables superior de la red, cuando el paciente Los medicamentos e insumos a emplearse Girarán los cheques de pago a los requiera una atención de mayor complejidad en las prestaciones del seguro se encuentran Establecimientos de Salud, en un plazo no detallados en Resolución Secretarial expresa. Realizarán la liquidación del costo de los mayor a treinta días servicios, llenando el Formulario de "Hoja de Los establecimientos de la Salud Pública y Pagarán las facturas de Establecimientos de Costo de Servicios" las Cajas de Salud, adquirirán los Salud de otros Municipios, por atenciones medicamentos e insumos para el Seguro Prepararán la Factura Oficial del realizadas a pacientes de su jurisdicción. Salud DIRECCION DE ORGANIZACION Agradecimiento especial a DE SERVICIOS DE SALUD UNICEF por la cooperación para SECRETARIA NACIONAL la publicación del presente DE SALUD Boletín. Plaza Franz Tamayo S/N Casilla № 13661, Teléfonos: 375475 Int. 410 Fax: 391590 La Paz, Bollvia Pag. 8 SEGURO NACIONAL DE MATERNIDAD NINEZ Clinton Presidential Records Digital Records Marker This is not a presidential record. This is used as an administrative marker by the William J. Clinton Presidential Library Staff. This marker identifies the place of a publication. Publications have not been scanned in their entirety for the purpose of digitization. To see the full publication please search online or visit the Clinton Presidential Library's Research Room. BOLETIN INFORMATIVO COMITE INTERINSTITUCIONAL DE APOYO A LA ELIMINACION DEL SARAMPION Año 1 No.1 La Paz-Bolivia, Noviembre 1996 EDITORIAL En Septiembre de 1994 la Comisión Internacional de Certificación de la Poliomielitis declara a las Américas LIBRE DE POLIO. El éxito de la сатраñа de erradicación de la polio en el continente ha dado la pauta para el establecimiento de otras melas igualmente ambiciosas, como la eliminación del sarampión. En la XVII Reunión de Ministros de Salud del Area Andina (REMSAA), celebrada en Cuenca, Ecuador en noviembre de 1993, se tomó la decisión de eliminar el Sarampión Hacia la Eliminación del Sarampión en esta subregión para 1996. El impacto de las campañas masivas de vacunación en los niños de 9 meses a 14 años, realizadas en la mayoría de los países de la Región, ha sido determinante para la decisión de la XXIV Conferencia Sanitaria Panamericana de aprobar la resolución de eliminar el sarampión del Hemisferio Occidental para el año 2000. En este contexto, hemos asumido el reto y estamos logrando progresos importantes, tanto en las coberturas de vacunación, como en la implementación de la vigilancia epidemiológica, a fin de garantizar el éxito de nuestra acciones frente a esta enfermedad tan peligrosa para la salud y la vida de nuestros niños. Para el mantenimiento de un proyecto de esta naturaleza se requiere decisión política y definición de prioridades en la distribución de los recursos, así como un seguimiento técnico de los avances alcanzados. Con este propósito, el 9 de Octubre de 1996, se firmó un convenio para la conformación del Comité Interinstitucional de Apoyo a la Elimina- ción del Sarampión en Bolivia. Esta instancia, posibilitará la coordinación de las actividades entre todas las instituciones involucradas y dará el impulso necesario para el cumplimiento de la meta en el plazo establecido. La experiencia de la erradicación de la polio también nos ha enseñado la necesidad de Bolivia: crear instancias orgánicas que den seguimiento técnico a las actividades. Para ello, se ha invitado a personalidades del medio científico y político del país y representantes de instituciones científicas, para formar parte de la Comisión Nacional de apoyo a la meta de Eliminación del Sarampión. Aprovechamos la oportunidad para agradecer el entusiasmo con que todas las institu- ciones, or ganismos y personalidades han respondido a la convocatoria del Despacho de la Primera Dama de la Nación, el Ministerio de Desarrollo Humano y la Secretaria Nacional de Salud, con el propósito de aunar esfuerzos hacia la Eliminación del Sarampión. Dr. Oscar Sandoval Morón Secretario Nacional de Salud